Resumen ejecutivo
Doce art├¡culos que armaron un instrumento de financiamiento del cr├®dito comercial. La mec├ínica: en una de mercader├¡as o una locaci├│n de servicios u obra con precio a plazo, el vendedor emit├¡a dos ejemplares de la factura ÔÇöla originaria y la conformadaÔÇö; cuando el comprador firmaba la conformada reconoc├¡a la deuda, y desde ah├¡ el vendedor pod├¡a transmitirla por endoso y descontarla en un banco sin esperar el vencimiento. La ley le aplic├│ las reglas del pagar├® del Decreto-Régimen de la Letra de Cambio y el Pagaré/63, la consider├│ emitida con cl├íusula "sin protesto" y la eximi├│ del impuesto de sellos y de todo otro gravamen nacional. En el plano penal sustituy├│ el art├¡culo 298 bis del C├│digo Penal para castigar a quien expida, acepte o endose facturas conformadas que no correspondan a compraventas realmente realizadas, y derog├│ el art├¡culo 301 bis. Cinco a├▒os despu├®s la Ley 24.760 la derog├│ y puso en su lugar la factura de cr├®dito.Objetivo
Dotar al cr├®dito comercial de un t├¡tulo ejecutivo simple, apto para ser descontado en bancos, de modo que el vendedor que financia a su cliente pueda convertir esa cuenta a cobrar en dinero antes del vencimiento.Problema que resuelve
Cuando una empresa vende a plazo queda con una cuenta a cobrar dif├¡cil de convertir en efectivo: la factura com├║n no es un t├¡tulo de cr├®dito y ejecutarla judicialmente es lento. Sin un instrumento que documente y haga circular esa deuda con la firma del comprador, el proveedor termina financiando gratis a su cliente y el cr├®dito comercial se encarece para toda la cadena.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes