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Ley 24.067

VigenteNacional

Transferencia de un predio ferroviario a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia (Chubut)

Sanción:20 de diciembre de 1991Promulgación:15 de enero de 1992BO:20 de enero de 1992Ver fuente oficial
3artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de tres art├¡culos que resuelve el destino de una traza ferroviaria en desuso. El ramal 105 pertenec├¡a al ferrocarril que un├¡a Comodoro Rivadavia con Colonia Sarmiento; clausurado el servicio, qued├│ una franja de tierra de m├ís de 30 kil├│metros atravesando la ciudad y su periferia, con del Estado nacional y sin funci├│n. El art├¡culo 1 la transfiere ├¡ntegra a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia a t├¡tulo gratuito, descripta por progresivas kilom├®tricas ÔÇötres subtramos entre el km 0,525 y el km 31ÔÇö y por el ancho tomado sobre el eje de la v├¡a: 14 metros en el primer tramo, dentro del ├írea urbana m├ís densa, y 40 metros en el resto. Suma la fracci├│n 1 del ramal 106 y la fracci├│n 1 del ramal 107. El art├¡culo 2 es la pieza que habilita la gratuidad: excluye el art├¡culo 37 del decreto Ley 18.360/69, la ley org├ínica de Ferrocarriles Argentinos, que obligaba a transferir los bienes ferroviarios a t├¡tulo oneroso y por su valor actualizado. Promulgada de hecho el 15 de enero de 1992, sin decreto y por lo tanto sin art├¡culos observados.

Objetivo

Transferir a título gratuito a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia el predio ferroviario del ramal 105 entre los kilómetros 0,525 y 31, más las fracciones 1 de los ramales 106 y 107, exceptuando la operación de la regla de onerosidad del artículo 37 del decreto Ley 18.360/69.

Problema que resuelve

La clausura de los ramales ferroviarios patagónicos dejó franjas de tierra larguísimas, atravesando ciudades, cuyo dueño seguía siendo el Estado nacional y que ninguna repartición usaba ni cuidaba. Para el municipio eso significa un corredor sin control por el medio de la ciudad: no puede abrir calles transversales, ni urbanizar, ni ordenar los asentamientos que suelen instalarse sobre la traza, porque no es el titular del . Y el artículo 37 del decreto Ley 18.360/69 impedía resolverlo por vía administrativa, ya que exigía cobrar el valor actualizado de los bienes ferroviarios: la única salida era una ley del Congreso.

A quiénes alcanza

Municipalidad de Comodoro RivadaviaProvincia de ChubutEstado nacional argentino como titular del predioFerrocarriles ArgentinosOcupantes de la traza ferroviaria
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional debe transferir a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia el del predio ferroviario descripto y otorgar la instrumentaci├│n correspondiente
  • La transferencia debe respetar la delimitaci├│n del art├¡culo 1: ramal 105 entre el km 0,525 y el km 31 en tres subtramos, con 14 metros de ancho en el primer tramo y 40 metros en el resto, encaballados sobre el eje de la v├¡a, m├ís la fracci├│n 1 del ramal 106 y la fracci├│n 1 del ramal 107
  • No puede exigirse contraprestaci├│n: el art├¡culo 2 excluye la regla de onerosidad del art├¡culo 37 del decreto Ley 18.360/69

Derechos que reconoce

  • La Municipalidad de Comodoro Rivadavia tiene derecho a que se le transfiera el del predio ferroviario sin pagar precio alguno
  • La Municipalidad de Comodoro Rivadavia puede exigir la transferencia de la totalidad del corredor descripto, incluidas las fracciones de los ramales 106 y 107

Casos de uso

  • Determinar qui├®n es el titular del de la traza del ramal 105 en Comodoro Rivadavia y desde cu├índo
  • Rastrear el antecedente dominial de una parcela lindera a la ex traza ferroviaria
  • Fundar la inaplicabilidad del art├¡culo 37 del decreto Ley 18.360/69 en una transferencia ferroviaria concreta
  • Reconstruir el proceso de traspaso de ramales clausurados a municipios patag├│nicos

Preguntas frecuentes

El predio ferroviario del ramal 105 en Comodoro Rivadavia, desde el kil├│metro 0,525 ÔÇöpunto que coincide con el lado DC del pol├¡gono de mensura del plano 5.319, registrado en la Direcci├│n de Catastro y Geodesia de Chubut el 13 de enero de 1976ÔÇö hasta el kil├│metro 31. Se describe en tres subtramos: el primero arranca con 14 metros de ancho encaballados sobre el eje de la v├¡a y desde el km 1+023,50 pasa a 40 metros; los dos siguientes contin├║an con 40 metros hasta el km 31. Incluye adem├ís la fracci├│n 1 del ramal 106 y la fracci├│n 1 del ramal 107.