Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos que cierra por vía legislativa una operación que la administración ya había acordado cinco años antes. En 1986 y 1987 el Ministerio de Defensa, la provincia de Santa Cruz y la Municipalidad de Río Gallegos firmaron dos convenios para transferir al municipio, sin cargo, dos fracciones de tierras fiscales nacionales que estaban dentro del ejido urbano y a cargo del Estado Mayor General de la Armada. Los convenios por sí solos no bastaban: la disposición gratuita de inmuebles del Estado nacional requiere ley del Congreso, y esa ley es esta. El artículo 1 aprueba los dos convenios en todas sus partes, incorpora como Anexo I sus fotocopias autenticadas y como Anexo II el plano de mensura M-3.050 registrado el 3 de junio de 1987 en la Dirección General de Catastro de Santa Cruz, y transcribe la descripción perimetral completa de las dos fracciones: la A, de 144 has 43 a 78 ca, un polígono irregular que linda con la ría de Río Gallegos, con la fracción B de jurisdicción naval y con la avenida Juan Manuel Gregores; y la C, de 80 has 49 a 60 ca, que linda con las chacras XX y XXI, con el parque industrial y con la ruta nacional 3. El último párrafo deja asentado el título: del Estado nacional argentino con cargo al Estado Mayor General de la Armada, matrículas 3.991/77 y 3.992/77 del Registro de la Propiedad Inmueble de Santa Cruz. Promulgada de hecho el 20 de enero de 1992.Objetivo
Aprobar los convenios de 1986 y 1987 entre el Ministerio de Defensa, la provincia de Santa Cruz y la Municipalidad de Río Gallegos, y con ello dar la ley que la transferencia sin cargo de las fracciones A y C de tierras fiscales nacionales al municipio requería para perfeccionarse.Problema que resuelve
Dos fracciones de tierra de m├ís de 200 hect├íreas en conjunto, dentro del ejido urbano de R├¡o Gallegos, segu├¡an siendo del Estado nacional y estaban afectadas al Estado Mayor General de la Armada, que ya no las necesitaba. La ciudad, en cambio, las precisaba para crecer: son tierras sobre la r├¡a, junto a la ruta nacional 3 y lindantes con el parque industrial. El Ministerio de Defensa, la provincia y el municipio lo hab├¡an acordado por convenio en 1986 y 1987, pero un convenio administrativo no puede disponer gratuitamente de inmuebles del Estado nacional: sin ley del Congreso que lo apruebe, la transferencia quedaba en el aire y el municipio no pod├¡a inscribir el a su nombre.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes