Ley 24.076

Artículo 60Normas del Ente Regulador

Texto oficial

El ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD dictará las normas de procedimiento con sujeción a las cuales se realizarán las audiencias públicas y se aplicarán las sanciones previstas en este Capítulo, debiéndose asegurar en todos los casos el cumplimiento de los principios del . Las sanciones aplicadas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD serán impugnables ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal mediante un recurso directo a interponerse dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales posteriores a su .

Qué significa en la práctica

El dicta las normas necesarias para el cumplimiento de la ley.

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