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Ley 24.077

VigenteNacional

Remuneraciones del personal del Congreso de la Naci├│n ÔÇö derogaci├│n de la Ley 23.032

Sanción:20 de mayo de 1992Promulgación:11 de junio de 1992BO:18 de junio de 1992Ver fuente oficial
6artículos
remuneraciones del personal legislativoestatuto y escalafón del Congresoparticipación sindical en la organización del Estadoautonomía funcional de las Cámarasretribución de secretarios y prosecretarios
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley breve pero de arquitectura institucional interesante: reemplaza una regulaci├│n heredada por un procedimiento de autorregulaci├│n con participaci├│n sindical, y mientras ese procedimiento no d├® resultado, deja la decisi├│n en manos de las presidencias de las C├ímaras. La norma derogada, la Ley 23.032, es del 9 de diciembre de 1983 ÔÇöla v├¡spera del traspaso al gobierno constitucionalÔÇö y fijaba directamente por ley las remuneraciones de los secretarios y prosecretarios del Congreso y los escalafones y remuneraciones de su personal. Ocho a├▒os y medio despu├®s, el Congreso decide reescribir ese r├®gimen desde adentro. El art├¡culo 2 crea una Comisi├│n Especial con una composici├│n deliberadamente mixta: la pol├¡tica (tres senadores y tres diputados), la administrativa (los secretarios administrativos y los directores de Contadur├¡a de ambas C├ímaras) y la sindical (dos representantes de la Asociaci├│n del Personal Legislativo, uno de la Asociaci├│n Trabajadores del Estado y uno de la Uni├│n del Personal Civil de la Naci├│n). Su es acotado y con plazo: dentro de los ciento veinte d├¡as de conformada debe proponer a los presidentes de ambas C├ímaras el estatuto y el escalaf├│n del personal legislativo, y una vez cumplido el objetivo la Comisi├│n se disuelve por imperio de la propia ley. El art├¡culo 3 resuelve el interregno facultando a los presidentes de las C├ímaras a fijar las remuneraciones del personal legislativo por resoluci├│n conjunta hasta que la Comisi├│n cumpla su cometido. El art├¡culo 4 es el ├║nico que fija un n├║mero, y lo hace por referencia: los secretarios de ambas C├ímaras perciben el cien por ciento de lo que por todo concepto perciben los legisladores en ejercicio de su , y los prosecretarios el noventa por ciento. La f├│rmula "por todo concepto" es la que da el alcance real: no se ata a la dieta nominal sino al total percibido. El art├¡culo 5 fija la vigencia el 1 de junio de 1992, once d├¡as despu├®s de la sanci├│n y antes de la publicaci├│n en el Bolet├¡n Oficial. Promulgada de hecho el 11 de junio de 1992.

Objetivo

Derogar el r├®gimen de la Ley 23.032 sobre remuneraciones del personal del Congreso, crear una comisi├│n con participaci├│n pol├¡tica, administrativa y sindical que proponga el estatuto y el escalaf├│n del personal legislativo en ciento veinte d├¡as, habilitar mientras tanto la fijaci├│n de remuneraciones por resoluci├│n conjunta de los presidentes de ambas C├ímaras y fijar la retribuci├│n de secretarios y prosecretarios por referencia a la de los legisladores.

Problema que resuelve

El r├®gimen de remuneraciones y escalafones del personal del Congreso ven├¡a fijado por una ley de diciembre de 1983 que hab├¡a quedado desajustada y que, adem├ís, congelaba en una norma de alcance general decisiones sobre la organizaci├│n interna de un poder del Estado. Eso generaba dos problemas: cada actualizaci├│n requer├¡a una ley, con la exposici├│n p├║blica y la lentitud que eso implica; y el personal legislativo y sus representaciones sindicales no ten├¡an un canal institucional para discutir el estatuto y el escalaf├│n que los rige. El Congreso opta por resolverlo con un procedimiento propio ÔÇöuna comisi├│n con plazo y con asiento sindicalÔÇö en lugar de con una nueva escala fijada por ley.

A quiénes alcanza

Personal del Congreso de la NaciónSecretarios y prosecretarios de la Cámara de Diputados y del SenadoAsociación del Personal Legislativo, Asociación Trabajadores del Estado y Unión del Personal Civil de la NaciónPresidentes de ambas CámarasSenadores y diputados integrantes de la Comisión Especial
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Comisi├│n Especial debe proponer a los presidentes de ambas C├ímaras el estatuto y el escalaf├│n del personal legislativo dentro de los ciento veinte d├¡as de su conformaci├│n
  • La Comisi├│n Especial debe integrarse con tres senadores, tres diputados, los secretarios administrativos del Senado y de la C├ímara de Diputados, dos representantes de la Asociaci├│n del Personal Legislativo, un representante de la Asociaci├│n Trabajadores del Estado, un representante de la Uni├│n del Personal Civil de la Naci├│n y los directores de Contadur├¡a de ambas C├ímaras
  • La Comisi├│n Especial debe dar por finalizadas sus funciones una vez cumplido el objetivo de la ley
  • Hasta que la Comisi├│n cumpla su cometido, las remuneraciones del personal legislativo deben fijarse por resoluci├│n conjunta de los presidentes de ambas C├ímaras
  • La retribuci├│n de los secretarios de ambas C├ímaras debe equivaler al cien por ciento de lo que por todo concepto perciban los legisladores en ejercicio de su , y la de los prosecretarios al noventa por ciento

Derechos que reconoce

  • La Asociaci├│n del Personal Legislativo, la Asociaci├│n Trabajadores del Estado y la Uni├│n del Personal Civil de la Naci├│n tienen derecho a integrar la Comisi├│n Especial que propone el estatuto y el escalaf├│n: cuatro de sus trece integrantes son representantes sindicales
  • El personal legislativo tiene derecho a que su estatuto y escalaf├│n se propongan dentro del plazo de ciento veinte d├¡as fijado por la ley
  • Los secretarios de ambas C├ímaras tienen derecho a percibir el cien por ciento de lo que por todo concepto perciban los legisladores en ejercicio de su
  • Los prosecretarios de ambas C├ímaras tienen derecho a percibir el noventa por ciento de ese mismo total

Casos de uso

  • Determinar desde cu├índo dej├│ de regir la Ley 23.032 y qu├® la reemplaz├│
  • Establecer el fundamento legal de una resoluci├│n conjunta de los presidentes de ambas C├ímaras que fija remuneraciones del personal legislativo
  • Calcular la retribuci├│n de un secretario o prosecretario de C├ímara por referencia a lo que perciben los legisladores
  • Reconstruir la historia del estatuto y escalaf├│n del personal del Congreso
  • Documentar un caso de participaci├│n sindical institucionalizada en la organizaci├│n interna de un poder del Estado

Preguntas frecuentes

Era la norma que fijaba las remuneraciones de los secretarios y prosecretarios del Congreso de la Naci├│n y los escalafones y remuneraciones de su personal. Es del 9 de diciembre de 1983, la v├¡spera del traspaso al gobierno constitucional. La Ley de remuneraciones del personal legislativo (1992) la deroga en su art├¡culo 1 y reemplaza ese esquema ÔÇöuna escala fijada directamente por leyÔÇö por un procedimiento interno con plazo y con participaci├│n sindical.