Resumen ejecutivo
Una ley que cierra un expediente abierto durante 44 a├▒os. En 1948 el Estado nacional compr├│ dos propiedades linderas a la Catedral de Tucum├ín con el prop├│sito expreso de ampliarla ÔÇöla Catedral hab├¡a sido declarada Monumento Hist├│rico por la Superintendencia de Documentaci├│n 98.076 del 12 de agosto de 1941ÔÇö y en 1956 los inmuebles pasaron a la Direcci├│n General de Inmuebles del Estado por el decreto 5636/56. La obra nunca se hizo y los terrenos quedaron en el patrimonio fiscal. Esta ley los dona al Arzobispado con un cargo minucioso, que enumera los destinos admitidos: sala capitular, archivo y biblioteca del Cabildo, museo de Arte Sacro, dep├│sitos, administraci├│n parroquial, sala de reuniones de asociaciones parroquiales, sal├│n de actos, y lugar de esparcimiento y juego.Objetivo
Transferir al Arzobispado de Tucumán los terrenos que el Estado había comprado en 1948 para ampliar la Catedral, de modo que las obras las ejecute quien tiene a su cargo el templo.Problema que resuelve
El Estado hab├¡a comprado dos lotes para una obra determinada y nunca la ejecut├│: los inmuebles quedaron improductivos en el patrimonio fiscal durante d├®cadas, mientras la Catedral ÔÇöun monumento hist├│rico nacionalÔÇö segu├¡a necesitando las dependencias que esa ampliaci├│n deb├¡a proveer. Como los inmuebles del Estado nacional no pueden donarse por decisi├│n administrativa, la soluci├│n requer├¡a una ley.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes