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Ley 24.090

VigenteNacional

Transferencia gratuita a la Universidad Nacional del Litoral del inmueble de 25 de Mayo 1783, Santa Fe

Sanción:3 de junio de 1992Promulgación:25 de junio de 1992BO:29 de junio de 1992Ver fuente oficial
3artículos
Bienes del EstadoTransferencia de inmueblesUniversidades nacionalesServicio postalSanta Fe
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Un caso interesante de transferencia con dos cargos que apuntan en direcciones distintas. El primero es el esperable: el edificio va a la Universidad Nacional del Litoral para que funcione all├¡ la Facultad de Ciencias Econ├│micas. El segundo protege un servicio p├║blico preexistente: la ley obliga a mantener en el edificio del Rectorado la sucursal de Encotel ÔÇöla Empresa Nacional de Correos y Tel├®grafosÔÇö que operaba en el lugar. Es decir que el Congreso no quiso que la transferencia a la universidad tuviera como efecto colateral cerrar una oficina de correo que la poblaci├│n usaba. El inmueble ven├¡a de la ex Secretar├¡a de Comunicaciones, lo que explica la presencia del correo.

Objetivo

Poner a nombre de la Universidad Nacional del Litoral un edificio del Estado nacional en el centro de Santa Fe para que funcione allí su Facultad de Ciencias Económicas, preservando la sucursal de correo que operaba en el inmueble.

Problema que resuelve

Las universidades nacionales crecen y necesitan espacio f├¡sico, y el Estado nacional suele tener inmuebles subutilizados en las mismas ciudades: ac├í, un edificio de la ex Secretar├¡a de Comunicaciones en el centro de Santa Fe. El obst├ículo es jur├¡dico, no pr├íctico: los inmuebles del Estado nacional no se transfieren por decisi├│n administrativa, hace falta una ley. Y hay un problema adicional que la ley resuelve: si el edificio pasa a la universidad, ┬┐qu├® ocurre con el servicio de correo que funcionaba all├¡?

A quiénes alcanza

Universidad Nacional del LitoralEstado nacionalEstudiantes de la Facultad de Ciencias Econ├│micasEmpresa Nacional de Correos y Tel├®grafos (Encotel)Usuarios del servicio postal de Santa Fe
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional debe transferir el inmueble a t├¡tulo gratuito a la Universidad Nacional del Litoral y otorgar los actos necesarios para su inscripci├│n (art├¡culo 1).
  • La Universidad Nacional del Litoral debe destinar el inmueble al funcionamiento de su Facultad de Ciencias Econ├│micas (art├¡culo 2, primer cargo).
  • La Universidad Nacional del Litoral debe mantener en el edificio del Rectorado la sucursal de Encotel que all├¡ funcionaba (art├¡culo 2, segundo cargo): la transferencia no puede tener como efecto la desaparici├│n de ese servicio postal.

Derechos que reconoce

  • La Universidad Nacional del Litoral tiene derecho a que el inmueble se le transfiera sin pagar precio y a exigir su escrituraci├│n e inscripci├│n a su nombre.
  • Los estudiantes y docentes de la Facultad de Ciencias Econ├│micas obtienen la sede que el primer cargo del art├¡culo 2 destina a la facultad.
  • Los usuarios del servicio postal conservan la sucursal que funcionaba en el edificio: el segundo cargo del art├¡culo 2 obliga a mantenerla.

Casos de uso

  • Acreditar el t├¡tulo por el cual la Universidad Nacional del Litoral es due├▒a del inmueble de 25 de Mayo 1783 de Santa Fe.
  • Obtener la identificaci├│n exacta de la unidad funcional transferida y su superficie para un tr├ímite registral o una obra.
  • Discutir si un cambio de destino proyectado para el edificio respeta los dos cargos del art├¡culo 2.
  • Rastrear el destino de los inmuebles de la ex Secretar├¡a de Comunicaciones.

Preguntas frecuentes

Un inmueble del Estado nacional proveniente de la ex Secretaría de Comunicaciones, ubicado en la calle 25 de Mayo 1783 de la ciudad de Santa Fe, que pasa a título gratuito a la Universidad Nacional del Litoral. Está identificado como unidad funcional U/1, integrada por la planta 00 parcela 01, la planta entrepiso parcela 01 y la planta 01 parcela 01, con una superficie total de 2.180,77 metros cuadrados.