Resumen ejecutivo
Ley breve de emergencia, de cuatro art├¡culos, dictada por las inundaciones que afectaron al litoral en 1992. Hace tres cosas: declara zona de desastre el territorio afectado de seis provincias (Formosa, Misiones, Corrientes, Chaco, Entre R├¡os y Santa Fe); manda al Poder Ejecutivo a concurrir "en forma inmediata" con asistencia sanitaria, alimentaria, habitacional y asistencial y a reparar los da├▒os; e indica de d├│nde sale la plata, remitiendo al art├¡culo 17 inciso e) de la Ley de Contabilidad y al art├¡culo 5┬░ de la Coparticipacion Federal de Impuestos ÔÇöel Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, los ATNÔÇö, en la redacci├│n que le dio el art├¡culo 40, numeral 2, de la Ley de reforma tributaria 1992. No fija plazos, montos, exenciones impositivas ni l├¡neas de cr├®dito: el alcance concreto de la ayuda queda en manos del Poder Ejecutivo. Fue promulgada de hecho, sin decreto, el 7 de septiembre de 1992.Objetivo
Habilitar de inmediato la asistencia del Gobierno Federal a las personas damnificadas por las inundaciones de 1992 en el litoral, con una fuente de financiamiento ya prevista en la ley de coparticipaci├│n y en la ley de contabilidad.Problema que resuelve
Una inundaci├│n de gran escala desborda la de las provincias afectadas y exige una respuesta federal r├ípida. Sin una declaraci├│n legal de zona de desastre, la ayuda nacional depende de decisiones administrativas dispersas y de partidas que hay que crear; la ley resuelve las dos cosas de una vez: define el territorio alcanzado y remite a fuentes de financiamiento preexistentes, evitando la demora de una ley de presupuesto.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes