Resumen ejecutivo
Dos art├¡culos. El art├¡culo 1 modifica el art├¡culo 2 de la Ley 23.945 agreg├índole un p├írrafo que enumera en qu├® consisten las medidas que el Poder Ejecutivo debe adoptar para implementar el D├¡a Internacional contra el uso indebido y el tr├ífico il├¡cito de drogas: programas que se emitir├ín por todos los medios de comunicaci├│n, tanto p├║blicos como privados; jornadas escolares de informaci├│n y esclarecimiento; organizaci├│n de seminarios, cursos y debates; y visitas a los establecimientos p├║blicos y privados reconocidos por el Estado de rehabilitaci├│n de adictos. La f├│rmula "entre otras" mantiene abierta la enumeraci├│n. El art├¡culo 2 es la f├│rmula de comunicaci├│n al Poder Ejecutivo. La ley fue sancionada el 26 de agosto de 1992 y promulgada de hecho el 21 de septiembre, sin decreto de promulgaci├│n y por lo tanto sin posibilidad de observaci├│n parcial.Objetivo
Convertir el gen├®rico de "adoptar las medidas apropiadas" que la Ley 23.945 le daba al Poder Ejecutivo en una lista concreta de actividades de prevenci├│n y difusi├│n, que abarque los medios de comunicaci├│n, el sistema educativo y el contacto directo con los establecimientos de rehabilitaci├│n.Problema que resuelve
El art├¡culo 2 de la Ley 23.945 encomendaba al Poder Ejecutivo adoptar las medidas apropiadas para implementar la conmemoraci├│n, sin especificar ninguna. Una f├│rmula as├¡ deja la decisi├│n librada a la voluntad de cada gesti├│n y, en la pr├íctica, permite que la fecha pase con un comunicado. La ley responde a ese vac├¡o enumerando actividades concretas y verificables, de modo que el cumplimiento del pueda medirse contra algo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes