Resumen ejecutivo
Siete art├¡culos. El art├¡culo 1 declara 1993 "A├▒o de las poblaciones ind├¡genas del pa├¡s", en consonancia con la resoluci├│n 45/164 de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 18 de diciembre de 1990. El art├¡culo 2 encomienda al Presidente de la Naci├│n proclamar el a├▒o el 1 de enero de 1993. El art├¡culo 3 crea la comisi├│n encargada de preparar y ejecutar el programa. El art├¡culo 4 la integra: la preside el Presidente de la Naci├│n y la componen dos senadores y dos diputados, dos miembros de la Corte Suprema de Justicia, dos ministros del Poder Ejecutivo, dos rectores de universidades nacionales y seis representantes de organizaciones abor├¡genes designados por el Poder Ejecutivo. El art├¡culo 5 fija el contenido m├¡nimo del programa: un congreso sobre el problema ind├¡gena en el pa├¡s, la publicaci├│n de sus trabajos y conclusiones, la coordinaci├│n en el tratamiento de los asuntos de inter├®s prioritario para las comunidades ind├¡genas en derechos humanos, tierra, medio ambiente, desarrollo, educaci├│n y salud, y la invitaci├│n a los gobiernos provinciales y a las instituciones interesadas para acrecentar la conciencia de las autoridades y del p├║blico sobre las necesidades de las poblaciones ind├¡genas y el reconocimiento de su cultura y sus derechos. El art├¡culo 6 dispone que el gasto se costee con fondos especiales administrados por el Poder Ejecutivo y obliga a la comisi├│n a rendir cuentas conforme al r├®gimen de gastos del Estado. El art├¡culo 7 es la f├│rmula de cierre.Objetivo
Sumar a la Argentina al Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo proclamado por las Naciones Unidas, dándole contenido concreto: una proclamación presidencial, una comisión con representación de los tres poderes, de las universidades nacionales y de las organizaciones aborígenes, un programa mínimo obligatorio de actividades y una fuente de financiamiento con rendición de cuentas.Problema que resuelve
El a├▒o internacional proclamado por las Naciones Unidas corr├¡a el riesgo de pasar sin efecto en la Argentina, como suele ocurrir con las efem├®rides sin estructura detr├ís. Al mismo tiempo, la agenda de las comunidades ind├¡genas ÔÇötierra, salud, educaci├│n, medio ambiente, derechos humanosÔÇö estaba dispersa entre organismos y jurisdicciones, sin un ├ímbito donde discutirla en conjunto y con participaci├│n de las propias organizaciones. La ley responde a las dos cosas: convierte la efem├®ride en un programa con ├│rgano ejecutor, presupuesto y contenidos obligatorios, y crea por primera vez una mesa donde se sientan juntos los tres poderes del Estado, la universidad p├║blica y seis representantes de organizaciones abor├¡genes.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes