Ley 24.156

Artículo 132Organización de la SIGEN y la AGN

Texto oficial

Los órganos con para organizar la Sindicatura General de la Nación y la Auditoría General de la Nación quedan facultados para subscribir entre sí convenios que posibiliten reasignar los funcionarios y empleados de la Sindicatura General de Empresas Públicas y del Tribunal de Cuentas de la Nación. (Expresión "El personal de los organismos de control reemplazados conservarán el nivel jerárquico alcanzado, manteniéndose los derechos que hagan a la representación y defensa de los intereses colectivos del personal" vetada por art. 3º del Decreto N° 1957/92 B.O. 29/10/1992)

Qué significa en la práctica

Regula la organización inicial de la SIGEN y la AGN (disposición transitoria).
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