Ley 24.192

Artículo 23Control de ingreso

Texto oficial

— El que controlare el ingreso del público y no entregare a los concurrentes el talón que acredite su legítimo ingreso, o permitiere el acceso sin exhibición del elemento habilitante, salvo autorización previa y escrita del organizador del espectáculo, será sancionado con cinco a quince días de arresto.

Qué significa en la práctica

Sanciona al encargado de controlar el ingreso que no entregue a los concurrentes el talón que acredite su ingreso legítimo.

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