Ley 24.192

Artículo 6Resistencia a la autoridad

Texto oficial

— Será reprimido con prisión de un mes a dos años, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público encargado de la tutela del orden, o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél, en las circunstancias del artículo 1º.

Qué significa en la práctica

Pena a quien resista o desobedezca a un funcionario público encargado de la tutela del orden en el espectáculo.

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