Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos artículos. Completa el paquete de Caracas junto con las Leyes 24.201 y 24.202, sancionadas el mismo día: si el Convenio de Integración fija los principios y crea el órgano regional, y el Acuerdo de Coproducción regula cómo se hace la película, este acuerdo se ocupa de la etapa que suele ser el cuello de botella real del cine latinoamericano: la distribución y la exhibición. Crea un mercado común cinematográfico entre los países miembros, con el compromiso de facilitar la circulación de las obras reconocidas como latinoamericanas y de adoptar medidas internas que las favorezcan frente al producto extranjero. El acuerdo consta de doce artículos y viaja como anexo de la ley.Objetivo
Incorporar al derecho argentino el acuerdo que crea el Mercado Común Cinematográfico Latinoamericano, para que las películas de la región circulen, se distribuyan y se exhiban en los países miembros con un tratamiento preferente.Problema que resuelve
Una pel├¡cula latinoamericana pod├¡a producirse y hasta coproducirse, pero segu├¡a sin llegar a las salas de los pa├¡ses vecinos: la distribuci├│n y la exhibici├│n estaban dominadas por producto extranjero y no hab├¡a ning├║n mecanismo que priorizara la obra de la regi├│n. Sin mercado, el fomento a la producci├│n se agota en s├¡ mismo. El acuerdo apunta exactamente a ese eslab├│n.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes