Resumen ejecutivo
El Tratado Ant├írtico de 1959 congel├│ los reclamos de soberan├¡a y reserv├│ el continente para fines pac├¡ficos, pero no resolv├¡a qu├® pasaba con la explotaci├│n de sus recursos minerales ni con el impacto ambiental de la actividad humana. El Protocolo de Madrid cierra esa discusi├│n: designa a la Ant├írtida como reserva natural dedicada a la paz y a la ciencia, proh├¡be la miner├¡a, y somete toda actividad ÔÇöincluido el turismoÔÇö a una evaluaci├│n previa de impacto ambiental. Para la Argentina, pa├¡s reclamante y con presencia permanente en el continente desde 1904, es una de las piezas centrales de su pol├¡tica ant├írtica.Objetivo
Incorporar al derecho argentino el Protocolo al Tratado Ant├írtico sobre Protecci├│n del Medio Ambiente, con sus veintisiete art├¡culos, un ap├®ndice y cuatro anexos.Problema que resuelve
La ausencia de un r├®gimen ambiental integral para la Ant├írtida y la falta de definici├│n sobre la explotaci├│n de sus recursos minerales, que amenazaba con abrir el continente a la actividad extractiva.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes