Resumen ejecutivo
El Registro Nacional de guarda los antecedentes penales de las personas, y la Ley del Registro Nacional de Reincidencia enumera taxativamente qui├®nes pueden pedir esa informaci├│n: jueces, fiscales, algunas fuerzas y organismos. Esta reforma suma a los legisladores nacionales, pero con dos candados: solo cuando el informe sea necesario para la funci├│n legislativa o administrativa, y con la exigencia de fundar el pedido como requisito de procedencia. La segunda parte de la reforma ordena el plazo: diez d├¡as corridos para responder, salvo que se fije uno menor.Objetivo
Habilitar el acceso fundado de los legisladores nacionales a los informes del Registro Nacional de y unificar el plazo de respuesta.Problema que resuelve
La falta de una v├¡a legal por la que los legisladores pudieran obtener informes del Registro Nacional de cuando los necesitaran para su funci├│n.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes