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Ley 24.264

VigenteNacional

Prórroga por 360 días del plazo del artículo 16 de la Ley 24.146

Sanción:13 de octubre de 1993Promulgación:11 de noviembre de 1993BO:17 de noviembre de 1993Ver fuente oficial
2artículos
pr├│rrogaplazosbienes del Estadotransferencia de inmueblesLey 24.146
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley 24.146 permitió a provincias, municipios y comunas pedir la transferencia gratuita de inmuebles del Estado nacional que hubieran quedado innecesarios, dentro de un plazo determinado. Ese plazo resultó corto para el volumen de trámites: esta ley lo extiende por otros trescientos sesenta días, contados desde que vencía el anterior, de modo que no queden huecos entre uno y otro.

Objetivo

Extender por trescientos sesenta días el plazo del artículo 16 de la Ley 24.146.

Problema que resuelve

La insuficiencia del plazo original para que provincias, municipios y comunas completaran las solicitudes de transferencia previstas en la Ley 24.146.

A quiénes alcanza

Provincias, municipios y comunasEstado nacionalOrganismos con inmuebles innecesarios
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •La administraci├│n debe considerar vigente el r├®gimen del art├¡culo 16 de la Ley 24.146 por trescientos sesenta d├¡as m├ís

Derechos que reconoce

  • •Las provincias, municipios y comunas disponen de trescientos sesenta d├¡as adicionales para el tr├ímite previsto en la Ley 24.146

Casos de uso

  • •Determinar hasta cu├índo estuvo vigente el plazo del art├¡culo 16 de la Ley 24.146
  • •Antecedente de pr├│rrogas legislativas de plazos administrativos

Preguntas frecuentes

El plazo establecido en el artículo 16 de la Ley 24.146, por trescientos sesenta días.