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Ley 24.268

VigenteNacional

Transferencia gratuita al Municipio de Sunchales de un inmueble del Estado nacional para el Jardín de Infantes N° 118

Sanción:3 de noviembre de 1993Promulgación:25 de noviembre de 1993BO:29 de noviembre de 1993Ver fuente oficial
3artículos
bienes del Estadotransferencia de inmueblesSunchalesSanta Fejardín de infantescargo de destino
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Otra transferencia de un inmueble nacional sin uso a un municipio, con destino educativo. Lo característico de estas leyes es la precisión del cargo: no basta con decir «para fines educativos», la ley nombra el jardín de infantes concreto que debe funcionar allí.

Objetivo

Transferir gratuitamente al municipio de Sunchales el inmueble identificado, con cargo de destinarlo al funcionamiento del Jardín de Infantes Nucleado N° 118.

Problema que resuelve

La existencia de un inmueble del Estado nacional sin uso en Sunchales, mientras un jardín de infantes local necesitaba sede.

A quiénes alcanza

Municipio de SunchalesEstado nacionalComunidad educativa del Jardín de Infantes N° 118Registro de la Propiedad de Santa Fe
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •El municipio de Sunchales debe destinar el inmueble al funcionamiento del Jard├¡n de Infantes Nucleado N┬░ 118 Myriam Hayquel de Andr├®s
  • •El Estado nacional debe instrumentar la transferencia del

Derechos que reconoce

  • •El municipio de Sunchales recibe el del inmueble sin pagar precio

Casos de uso

  • •Verificar el t├¡tulo del inmueble del Jard├¡n de Infantes N┬░ 118 de Sunchales
  • •Consultar el cargo que pesa sobre la transferencia

Preguntas frecuentes

Una fracci├│n de terreno de 781,74 m2 ubicada en calle Santa Fe 65, parcela 11, lote 9, del departamento Castellanos, inscripta con el n├║mero 9.405, tomo 212-I, folio 891 del Registro de la Propiedad de Santa Fe.