Resumen ejecutivo
Es la ley que le dio estatuto propio a la nutrici├│n como profesi├│n de la salud. Hasta 1993 los dietistas estaban regulados por cuatro art├¡culos del cap├¡tulo VIII de la Ejercicio de la Medicina, la ley del ejercicio de la medicina, como "actividad de colaboraci├│n" de los m├®dicos. Esta ley los saca de ah├¡ y arma un r├®gimen completo en nueve t├¡tulos: qu├® es ejercicio profesional (asistencia, docencia, investigaci├│n, gesti├│n, auditor├¡a y pericias), qu├® t├¡tulos habilitan, qui├®nes no pueden ejercer, qu├® derechos tienen ÔÇöincluida la objeci├│n de conciencia y la garant├¡a de capacitaci├│n cuando trabajan en relaci├│n de dependenciaÔÇö, qu├® obligaciones asumen ÔÇösecreto profesional, domicilio en la Capital Federal, actualizaci├│n permanenteÔÇö y qu├® les est├í prohibido, empezando por prescribir o aplicar medicamentos. El control lo ejerce la autoridad sanitaria nacional a trav├®s de la matr├¡cula, y las sanciones y el procedimiento se toman prestados de la Ejercicio de la Medicina. Una disposici├│n transitoria equipar├│ por ├║nica vez a los viejos dietistas y nutricionistas/dietistas con los licenciados.Objetivo
Regular de manera integral el ejercicio profesional del licenciado en nutrici├│n en la Capital Federal, con t├¡tulo habilitante, matr├¡cula, derechos, obligaciones, prohibiciones y r├®gimen disciplinario propios.Problema que resuelve
La nutrici├│n hab├¡a crecido como carrera universitaria, pero legalmente segu├¡a encuadrada como una actividad de colaboraci├│n de la medicina en el cap├¡tulo VIII de la Ejercicio de la Medicina: cuatro art├¡culos que no reconoc├¡an la docencia, la investigaci├│n, la gesti├│n ni la auditor├¡a como ejercicio profesional, ni defin├¡an derechos, obligaciones ni un r├®gimen de matr├¡cula propio. Faltaba adem├ís resolver la situaci├│n de quienes ten├¡an t├¡tulos anteriores de dietista o nutricionista/dietista.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes