La Ley 25.635 sustituyó el inciso a) del artículo 22 de la Ley 22.431 en la redacción que le había dado esta ley. Lo que rige hoy es el texto de la 25.635: el transporte gratuito ya no se limita al trayecto entre el domicilio y el establecimiento educativo o de rehabilitación, sino que abarca todo trayecto en los medios de transporte terrestre de jurisdicción nacional, acreditando la condición con el Certificado Único de Discapacidad. El resto del capítulo IV (artículos 20, 21 y el 22 en lo demás) sigue rigiendo con la redacción de esta ley.
Resumen ejecutivo
Es la ley que puso la accesibilidad en el centro del derecho argentino de discapacidad. Antes de 1994 la Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad hablaba de barreras arquitect├│nicas en t├®rminos muy generales; la 24.314 sustituy├│ el cap├¡tulo IV entero por un texto detallado que define qu├® se entiende por accesibilidad, adaptabilidad, practicabilidad y visitabilidad, y fija criterios concretos para veredas, rampas, edificios p├║blicos, viviendas colectivas, colectivos, trenes, aviones y estaciones. Adem├ís fij├│ plazos: tres a├▒os para adecuar barreras urbanas y edificios p├║blicos, y un a├▒o para el transporte p├║blico, bajo pena de cancelaci├│n del servicio. Su art├¡culo 22 es el origen del pase de transporte gratuito para personas con discapacidad, despu├®s ampliado por la Ley de Transporte Gratuito para Personas con Discapacidad.Objetivo
Lograr que las personas con movilidad reducida puedan desplazarse, entrar y usar el espacio urbano, los edificios y el transporte público en condiciones de seguridad y autonomía, eliminando progresivamente las barreras físicas que se lo impiden.Problema que resuelve
La Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, de 1981, reconoc├¡a derechos a las personas con discapacidad pero regulaba las barreras f├¡sicas de manera vaga y sin plazos, de modo que ni los municipios ni las empresas de transporte ten├¡an pautas exigibles. En la pr├íctica, una persona en silla de ruedas no pod├¡a subir a un colectivo, entrar a un edificio p├║blico ni cruzar una vereda sin rampa, y no hab├¡a norma que precisara qu├® deb├¡a hacerse ni cu├índo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes