Resumen ejecutivo
Fue el instrumento con el que la Argentina abri├│ su caladero a las flotas europeas a comienzos de los a├▒os noventa. El esquema no era una simple licencia de pesca: el Acuerdo condicionaba el acceso a que los armadores comunitarios se asociaran con empresas argentinas (sociedades mixtas, radicaci├│n de empresas o asociaciones temporales), con la idea de renovar la flota nacional y abastecer prioritariamente al mercado europeo. A cambio, la Comunidad se compromet├¡a a aportar fondos para investigaci├│n pesquera, puertos, acuicultura, formaci├│n mar├¡tima y control de la pesca, seg├║n el Protocolo I. El Acuerdo previ├│ un per├¡odo inicial de cinco a├▒os, prorrogable autom├íticamente por per├¡odos de dos salvo denuncia con seis meses de anticipaci├│n. Fue muy discutido por su impacto sobre la merluza com├║n y no se renov├│ tras su primer per├¡odo; la actividad pesquera en aguas argentinas pas├│ a regirse por el R├®gimen Federal de Pesca (Ley Federal de Pesca, de 1997). La ley aprobatoria nunca fue derogada, pero su valor hoy es principalmente hist├│rico.Objetivo
Aprobar, en los t├®rminos del art├¡culo 75 inciso 22 de la Constituci├│n Nacional, el Acuerdo de pesca mar├¡tima firmado con la Comunidad Econ├│mica Europea, para que el Poder Ejecutivo pudiera ratificarlo y ponerlo en vigor.Problema que resuelve
A comienzos de los a├▒os noventa la flota argentina necesitaba renovarse y el pa├¡s buscaba capital e inversi├│n para el sector pesquero, mientras la Comunidad Econ├│mica Europea ten├¡a sobrecapacidad de flota y necesitaba caladeros. El Acuerdo intent├│ resolver las dos cosas a la vez: dar acceso ordenado a los buques comunitarios pero exigiendo asociaci├│n con capital argentino y contrapartidas financieras, en lugar de una entrega de licencias sin m├ís.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes