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Ley 24.317

VigenteNacional

Ejercicio profesional de la kinesiología y fisioterapia

Sanción:4 de mayo de 1994Promulgación:23 de mayo de 1994BO:30 de mayo de 1994Ver fuente oficial
15artículos
ejercicio profesionalkinesiologíafisioterapiamatrícula profesionaltítulos habilitantessecreto profesionalpoder de policía sanitariaincumbencias profesionalesrehabilitaciónobjeción de conciencia
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de quince art├¡culos organizada en siete t├¡tulos. T├¡tulo I: define el ├ímbito (Capital Federal), la autoridad de aplicaci├│n y qu├® se considera ejercicio profesional ÔÇöno solo la pr├íctica asistencial, tambi├®n la docencia, la investigaci├│n, la gesti├│n, la auditor├¡a y la ÔÇö, y admite el trabajo individual o en equipos interdisciplinarios, en el ├ímbito p├║blico o privado. T├¡tulo II: exige t├¡tulo habilitante universitario (nacional, provincial o privado habilitado, o extranjero revalidado u habilitado por tratado) y consagra la ejecuci├│n personal, con prohibici├│n expresa del pr├®stamo de firma. T├¡tulo III: inhabilita a los condenados por delitos dolosos con inhabilitaci├│n profesional, por un tiempo no menor a dos a├▒os, y a quienes padezcan enfermedades incapacitantes, y reserva a la ley la fijaci├│n de incompatibilidades. T├¡tulo IV: enumera tres derechos ÔÇöentre ellos la objeci├│n de conciencia, si no da├▒a al pacienteÔÇö y seis obligaciones, incluidos el secreto profesional, el cumplimiento de las indicaciones m├®dicas y la actualizaci├│n permanente. T├¡tulo V: diez prohibiciones, desde exceder la propia hasta la publicidad enga├▒osa y la participaci├│n en beneficios de fabricantes de pr├│tesis. T├¡tulo VI: inscripci├│n del t├¡tulo y matr├¡cula ante la autoridad sanitaria, que ejerce el poder disciplinario. T├¡tulo VII: remite a los art├¡culos 125 a 141 de la Ejercicio de la Medicina para sanciones, prescripci├│n y procedimiento.

Objetivo

Dar a la kinesiología y la fisioterapia un estatuto profesional propio en la Capital Federal: precisar el alcance de su , condicionar el ejercicio al título habilitante y a la matrícula, y establecer el catálogo de derechos, obligaciones, prohibiciones y sanciones aplicables.

Problema que resuelve

Antes de esta ley la kinesiolog├¡a carec├¡a en la Capital Federal de una regulaci├│n propia y quedaba encuadrada como actividad de colaboraci├│n de la medicina en la Ejercicio de la Medicina. Eso dejaba difusos los l├¡mites de su , no reconoc├¡a como ejercicio profesional tareas de docencia, investigaci├│n, gesti├│n o , y no fijaba un cat├ílogo espec├¡fico de derechos y deberes ni un r├®gimen de matr├¡cula propio para estos profesionales.

A quiénes alcanza

Kinesi├│logos y kinesi├│logos fisiatrasLicenciados en kinesiolog├¡a y fisioterapiaFisioterapeutas y terapistas f├¡sicosProfesionales extranjeros en tr├ínsito o contratadosInstituciones de salud p├║blicas y privadas de la Ciudad de Buenos AiresAutoridad sanitaria nacionalPacientes en tratamiento kin├®sico
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •Contar con t├¡tulo habilitante de kinesi├│logo, kinesi├│logo fisiatra, licenciado kinesi├│logo fisiatra, licenciado en kinesiolog├¡a y fisioterapia, fisioterapeuta o terapista f├¡sico, otorgado por universidad habilitada o revalidado en el pa├¡s.
  • •Inscribir previamente el t├¡tulo universitario ante la autoridad sanitaria, que otorga la matr├¡cula y extiende la credencial: sin matr├¡cula no hay ejercicio autorizado.
  • •Ejecutar personalmente los actos profesionales: queda prohibido todo pr├®stamo de la firma o del nombre profesional a terceros, sean o no kinesi├│logos.
  • •Atender enfermos solo cuando hayan sido derivados por un profesional m├®dico, y cumplir con las indicaciones que este formule.
  • •Solicitar la colaboraci├│n inmediata del m├®dico cuando surjan o se prevean complicaciones que comprometan la salud del paciente o la evoluci├│n de la enfermedad.
  • •Guardar secreto profesional sobre la informaci├│n reservada o personal├¡sima conocida en el ejercicio de la profesi├│n.
  • •Comportarse con lealtad, probidad y buena fe, respetando la dignidad de la persona, el derecho a la vida y a la integridad.
  • •Prestar colaboraci├│n a las autoridades sanitarias en casos de emergencia.
  • •Fijar domicilio profesional dentro del territorio de la Capital Federal.
  • •Mantener la idoneidad profesional mediante actualizaci├│n permanente, seg├║n lo que fije la reglamentaci├│n.
  • •Someterse al poder disciplinario de la autoridad sanitaria que otorga la matr├¡cula.

Derechos que reconoce

  • •Ejercer la profesi├│n conforme a la ley y su reglamentaci├│n, asumiendo responsabilidades acordes con la capacitaci├│n recibida.
  • •Negarse a realizar pr├ícticas que entren en conflicto con las propias convicciones religiosas, morales o ├®ticas, siempre que de esa negativa no resulte un da├▒o al paciente (objeci├│n de conciencia).
  • •Contar, cuando se trabaja en relaci├│n de dependencia p├║blica o privada, con garant├¡as adecuadas que permitan cumplir la obligaci├│n de actualizaci├│n permanente.
  • •Desempe├▒arse en forma individual o integrando equipos interdisciplinarios, en el ├ímbito privado o en instituciones p├║blicas o privadas habilitadas.
  • •Ver reconocidas como ejercicio profesional, adem├ís de la asistencia, la docencia, la investigaci├│n, la planificaci├│n, la direcci├│n, la administraci├│n, la evaluaci├│n, el asesoramiento, la auditor├¡a y las tareas jur├¡dico-periciales.
  • •Que las incompatibilidades para ejercer solo puedan establecerse por ley, y no por reglamento o resoluci├│n administrativa.

Casos de uso

  • •Saber qu├® requisitos hay que cumplir para ejercer la kinesiolog├¡a en la Ciudad de Buenos Aires.
  • •Verificar si una pr├íctica concreta est├í dentro de la del kinesi├│logo o excede su incumbencia.
  • •Consultar si un kinesi├│logo puede atender a un paciente sin derivaci├│n m├®dica.
  • •Fundar una objeci├│n de conciencia frente a una pr├íctica determinada.
  • •Conocer qu├® sanciones y qu├® procedimiento se aplican ante una infracci├│n.
  • •Revalidar o habilitar un t├¡tulo extranjero de kinesiolog├¡a para ejercer en el pa├¡s.
  • •Evaluar si una publicidad profesional de servicios kin├®sicos es l├¡cita.

Preguntas frecuentes

En el ámbito de la Capital Federal, hoy Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 1). No rige en las provincias: el poder de policía sanitaria no fue delegado a la Nación, así que cada provincia tiene su propia ley de ejercicio profesional de la kinesiología. Un kinesiólogo que atiende en Córdoba o en Mendoza se rige por la norma local.