No se establecerán en la zona franca restricciones especiales a las operaciones en divisas, títulos, valores, dinero y metales preciosos, rigiendo al respecto, la legislación financiera y cambiaría con vigencia en el territorio aduanero general.
Qué significa en la práctica
No se establecen restricciones especiales a las operaciones en divisas, títulos, valores, dinero y metales preciosos; rige la legislación financiera y cambiaria general.