Resumen ejecutivo
Ley conmemorativa breve que instituye el Día Nacional del Cooperativismo el primer sábado de julio. No crea derechos ni obligaciones exigibles para nadie, ni suspende la actividad laboral o escolar: su efecto es simbólico y de política cultural, y da sustento normativo a los actos oficiales, las campañas de difusión y las actividades educativas sobre cooperativismo que se realizan ese día.Objetivo
Instituir una fecha nacional de reconocimiento al movimiento cooperativo argentino, haci├®ndola coincidir con la celebraci├│n internacional del primer s├íbado de julio.Problema que resuelve
El cooperativismo argentino, con m├ís de un siglo de historia y una fuerte presencia en el cr├®dito, los seguros, los servicios p├║blicos rurales y el agro, no ten├¡a una fecha nacional propia de reconocimiento. Las entidades del sector celebraban de hecho el D├¡a Internacional de las Cooperativas sin respaldo normativo interno que legitimara actos oficiales y actividades en las escuelas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes