Resumen ejecutivo
La defensa p├║blica es el servicio que garantiza abogado a quien no puede pagarlo, y que adem├ís representa a incapaces y ausentes en los procesos. En la justicia federal de La Plata, uno de los fueros m├ís cargados del pa├¡s, exist├¡a una sola defensor├¡a: esta ley crea la n├║mero dos. La t├®cnica es la habitual en la creaci├│n de organismos judiciales: se crea la dependencia, se crean los cargos por Anexo, se le encomienda a la C├ímara Federal la distribuci├│n del trabajo y se ata todo a una cl├íusula presupuestaria ÔÇönadie toma posesi├│n del cargo hasta que haya cr├®ditoÔÇö. Cuatro a├▒os m├ís tarde la Ley Orgánica del Ministerio Público reorganiz├│ todo el Ministerio P├║blico y ubic├│ a las defensor├¡as dentro del Ministerio P├║blico de la Defensa.Objetivo
Ampliar la de la defensa pública en la justicia federal de La Plata mediante la creación de una segunda defensoría de pobres, incapaces y ausentes.Problema que resuelve
La sobrecarga de la ├║nica defensor├¡a oficial que atend├¡a a los pobres, incapaces y ausentes ante la C├ímara Federal y los juzgados federales de La Plata, con el riesgo de una defensa deficiente para quienes no pueden pagar un abogado.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes