Resumen ejecutivo
Las pensiones graciables son beneficios que el Congreso otorga por ley, con una duraci├│n acotada ÔÇöt├¡picamente diez a├▒osÔÇö y no por la v├¡a previsional com├║n. Vencido el plazo caducan, salvo que otra ley las prorrogue. Esta es una de esas leyes de pr├│rroga: alcanza a las pensiones concedidas por el art├¡culo 51 de la Ley 23.110, el presupuesto nacional de 1984, y les suma diez a├▒os m├ís contados desde el vencimiento de cada una, no desde la sanci├│n de esta ley. La cl├íusula sobre "cualquier otro ingreso" es la clave pr├íctica: despeja la duda sobre la compatibilidad de la pensi├│n graciable con jubilaciones, sueldos u otros beneficios del titular.Objetivo
Evitar la caducidad de las pensiones graciables otorgadas por el presupuesto de 1984, extendi├®ndolas por diez a├▒os m├ís.Problema que resuelve
El vencimiento del plazo de las pensiones graciables de la Ley 23.110, que dejaba sin el beneficio a sus titulares salvo que el Congreso dispusiera expresamente su pr├│rroga.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes