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Ley 24.371

VigenteNacional

Prórroga por diez años de las pensiones graciables otorgadas por el artículo 51 de la Ley 23.110

Sanción:1 de septiembre de 1994Promulgación:23 de septiembre de 1994BO:30 de septiembre de 1994Ver fuente oficial
3artículos
Pensiones graciablesPr├│rroga de beneficiosCompatibilidad con otros ingresosRentas GeneralesLey 23.110
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Las pensiones graciables son beneficios que el Congreso otorga por ley, con una duraci├│n acotada ÔÇöt├¡picamente diez a├▒osÔÇö y no por la v├¡a previsional com├║n. Vencido el plazo caducan, salvo que otra ley las prorrogue. Esta es una de esas leyes de pr├│rroga: alcanza a las pensiones concedidas por el art├¡culo 51 de la Ley 23.110, el presupuesto nacional de 1984, y les suma diez a├▒os m├ís contados desde el vencimiento de cada una, no desde la sanci├│n de esta ley. La cl├íusula sobre "cualquier otro ingreso" es la clave pr├íctica: despeja la duda sobre la compatibilidad de la pensi├│n graciable con jubilaciones, sueldos u otros beneficios del titular.

Objetivo

Evitar la caducidad de las pensiones graciables otorgadas por el presupuesto de 1984, extendi├®ndolas por diez a├▒os m├ís.

Problema que resuelve

El vencimiento del plazo de las pensiones graciables de la Ley 23.110, que dejaba sin el beneficio a sus titulares salvo que el Congreso dispusiera expresamente su pr├│rroga.

A quiénes alcanza

Titulares de pensiones graciablesAdministraci├│n previsionalCongreso de la Naci├│nTesoro nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •La administraci├│n debe continuar pagando las pensiones graciables alcanzadas durante diez a├▒os m├ís, contados desde el vencimiento de cada una
  • •El gasto que demande la pr├│rroga debe imputarse a Rentas Generales

Derechos que reconoce

  • •Los titulares de las pensiones graciables otorgadas por el art├¡culo 51 de la Ley 23.110 mantienen el beneficio por diez a├▒os m├ís desde su vencimiento
  • •La pensi├│n se conserva sin perjuicio de cualquier otro ingreso que el beneficiario pudiera percibir: otros ingresos no la hacen caer

Casos de uso

  • •Verificar si una pensi├│n graciable de la Ley 23.110 continu├│ vigente despu├®s de su vencimiento original
  • •Fundar la compatibilidad de una pensi├│n graciable con otros ingresos del beneficiario
  • •Reconstruir la cadena de leyes de pr├│rroga de pensiones graciables

Preguntas frecuentes

Un beneficio que otorga el Congreso por ley, normalmente por un plazo determinado, fuera del r├®gimen previsional contributivo. No se obtiene por aportes: se concede por decisi├│n legislativa y caduca al vencer el plazo, salvo pr├│rroga.