Volver al listado

Tratado 24.386

VigenteTratadoNacional

Aprobaci├│n del Protocolo de Reformas a la Carta de la Organizaci├│n de los Estados Americanos "Protocolo de Managua"

Sanción:19 de octubre de 1994Promulgación:11 de noviembre de 1994BO:17 de noviembre de 1994Ver fuente oficial
2artículos
OEAderecho internacionalcooperaci├│n internacionaldesarrollo integralorganismos internacionalestratados
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Carta de la OEA es el tratado constitutivo de la Organización de los Estados Americanos y se reforma por protocolos que cada Estado miembro debe aprobar internamente. El "Protocolo de Managua", adoptado en el decimonoveno período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA (Managua, 10 de junio de 1993), reordenó por completo el área de cooperación para el desarrollo: suprimió el Consejo Interamericano Económico y Social (CIES) y el Consejo Interamericano para la Educación, la Ciencia y la Cultura (CIECC) y los fusionó en un solo órgano, el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), dependiente de la Asamblea General, con sobre desarrollo económico y social, comercio, turismo, integración, medio ambiente, educación, ciencia, tecnología y cultura. Esta ley es el acto por el cual el Congreso argentino aprueba ese Protocolo; consta de dos artículos propios y el texto del Protocolo va como anexo.

Objetivo

Aprobar, en los t├®rminos del art├¡culo 75 inciso 22 de la Constituci├│n Nacional, el Protocolo de Reformas a la Carta de la OEA suscripto en Managua el 10 de junio de 1993, para que la Rep├║blica Argentina pueda ratificarlo en el plano internacional.

Problema que resuelve

La estructura de cooperaci├│n de la OEA estaba dividida en dos consejos ÔÇöel econ├│mico y social y el de educaci├│n, ciencia y culturaÔÇö con agendas superpuestas, presupuestos separados y una coordinaci├│n deficiente. El Protocolo de Managua unifica ambos en un solo consejo con un plan estrat├®gico ├║nico. Sin la aprobaci├│n legislativa de cada Estado miembro, la reforma de la Carta no puede entrar en vigor.

A quiénes alcanza

Estado nacionalMinisterio de Relaciones Exterioresorganismos de cooperaci├│n internacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda habilitado a depositar el instrumento de ratificaci├│n del Protocolo de Managua
  • Aprobado el Protocolo, la Argentina participa en el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral en lugar del CIES y el CIECC

Derechos que reconoce

  • La Rep├║blica Argentina, como Estado miembro, tiene derecho a integrar el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral y a participar en sus programas de cooperaci├│n t├®cnica

Casos de uso

  • Determinar desde cu├índo rige para la Argentina la estructura del CIDI dentro de la OEA
  • Reconstruir la cadena de reformas de la Carta de la OEA aprobadas por la Argentina
  • Fundar la participaci├│n argentina en programas de cooperaci├│n t├®cnica de la OEA

Preguntas frecuentes

Un protocolo de reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos, adoptado en Managua (Nicaragua) el 10 de junio de 1993 en el decimonoveno período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA. Consta de nueve artículos.