El art├¡culo 1 de la Ley 25.406 (Bolet├¡n Oficial del 6 de abril de 2001, con efectos para los hechos imponibles perfeccionados desde el 1 de enero de 2001) sustituy├│ ├¡ntegramente el art├¡culo 43 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, que era todo el contenido sustantivo de la Ley 24.391. Con esa sustituci├│n desapareci├│ el r├®gimen especial de cr├®dito fiscal para consorcios de exportaci├│n, cooperativas de exportaci├│n y compa├▒├¡as de comercializaci├│n internacional, y con ├®l la responsabilidad solidaria del proveedor. Lo que rige hoy en el art├¡culo 43 es el r├®gimen general de c├│mputo, acreditaci├│n, devoluci├│n y transferencia del cr├®dito fiscal de los exportadores ÔÇöcomplementado por el art├¡culo sin n├║mero incorporado a continuaci├│n por el Decreto 959/2001ÔÇö, aplicable a todos los exportadores y no s├│lo a las estructuras asociativas.
Resumen ejecutivo
Ley modificatoria de tres art├¡culos que reescribi├│ el art├¡culo 43 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado. La idea era permitirle al Poder Ejecutivo montar un r├®gimen especial de cr├®dito fiscal para las estructuras asociativas de exportaci├│n ÔÇöconsorcios de exportaci├│n, cooperativas de exportaci├│n de bienes y servicios y compa├▒├¡as de comercializaci├│n internacional (las trading companies)ÔÇö, que compran en el mercado interno para exportar y por eso acumulan cr├®dito fiscal de IVA sin d├®bito contra el cual computarlo. Como contrapeso, la ley previ├│ que si el sujeto acogido al r├®gimen no exporta dentro del plazo que fije la reglamentaci├│n, el proveedor responde personal y solidariamente por el impuesto involucrado en esas operaciones. La ley entr├│ en vigencia el d├¡a de su publicaci├│n en el Bolet├¡n Oficial. El texto que introdujo ya no rige: el art├¡culo 43 de la Ley de IVA fue sustituido por completo por el art├¡culo 1 de la Ley del IVA a exportadores y del reintegro a turistas (BO 06/04/2001) y su redacci├│n actual, referida al c├│mputo, acreditaci├│n, devoluci├│n y transferencia del cr├®dito fiscal de los exportadores, no contiene el r├®gimen para consorcios.Objetivo
Facultar al Poder Ejecutivo a crear un r├®gimen especial de tratamiento del cr├®dito fiscal de IVA para las compras de bienes destinados a la exportaci├│n efectuadas por consorcios, cooperativas de exportaci├│n y compa├▒├¡as de comercializaci├│n internacional.Problema que resuelve
Los consorcios de exportaci├│n y las trading companies compran bienes en el mercado interno con IVA facturado y los exportan; como la exportaci├│n no genera d├®bito fiscal, ese cr├®dito quedaba inmovilizado y encarec├¡a la operatoria de las estructuras asociativas que las pymes usaban para exportar en conjunto. La ley habilit├│ un r├®gimen especial para esas figuras, con un resguardo contra el uso abusivo: si la exportaci├│n no se concreta en plazo, responde solidariamente el proveedor.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes