Resumen ejecutivo
Ley de dos art├¡culos y de destinatario ├║nico. El Centro Gallego de Buenos Aires ÔÇöuna asociaci├│n mutual de la colectividad espa├▒ola que sosten├¡a un sanatorio propioÔÇö arrastraba una deuda de casi dos d├®cadas con Obras Sanitarias de la Naci├│n, la empresa estatal que prestaba el servicio de agua y cloacas en la Capital Federal y el conurbano hasta su concesi├│n a manos privadas en 1993. El Congreso, en lugar de refinanciar o condonar parcialmente, opt├│ por la remisi├│n total: extingue el cr├®dito del Estado por los per├¡odos 1973 a 1990. La remisi├│n de deuda es una de las formas de extinci├│n de las obligaciones y, cuando el acreedor es el Estado nacional, s├│lo puede disponerla una ley, porque implica renunciar a un derecho patrimonial p├║blico. La ley no fija condiciones, contraprestaciones ni plazos: la deuda queda extinguida sin m├ís.Objetivo
Extinguir por ley la deuda del Centro Gallego de Buenos Aires con Obras Sanitarias de la Nación correspondiente a los períodos 1973 a 1990.Problema que resuelve
El Centro Gallego de Buenos Aires acumulaba desde 1973 una deuda por servicios sanitarios que, actualizada por casi veinte a├▒os de alta inflaci├│n, compromet├¡a la continuidad de la entidad y del sanatorio que sosten├¡a. Como el acreedor era una empresa del Estado nacional, ni el organismo ni el Poder Ejecutivo pod├¡an perdonarla por s├¡ solos: hac├¡a falta una ley.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes