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Tratado 24.397

VigenteTratadoNacional

Aprobación del Acuerdo con el Reino de Dinamarca para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones

Sanción:9 de noviembre de 1994Promulgación:7 de diciembre de 1994BO:12 de diciembre de 1994Ver fuente oficial
2artículos
inversiones extranjerastratados bilaterales de inversiónarbitraje internacionalCIADIexpropiaciónrepatriación de capitalnación más favorecidaDinamarca
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Tratado bilateral de inversiones con Dinamarca, firmado en Copenhague el 6 de noviembre de 1992 y aprobado por esta ley de dos art├¡culos. Es el m├ís extenso de los cuatro tratados de inversi├│n que el Congreso aprob├│ en la misma sesi├│n del 9 de noviembre de 1994: tiene diecis├®is art├¡culos, con secciones propias de definiciones, promoci├│n, tratamiento, excepciones, expropiaci├│n y compensaci├│n, compensaci├│n por p├®rdidas, repatriaci├│n y transferencia de capital y ganancias, subrogaci├│n, soluci├│n de controversias entre un inversor y una Parte, soluci├│n de controversias entre las Partes, enmiendas, consultas, aplicaci├│n, aplicaci├│n territorial, entrada en vigor y duraci├│n. Dos rasgos lo distinguen: se aplica tambi├®n, desde su entrada en vigor, a las inversiones realizadas con anterioridad; y su aplicaci├│n territorial puede extenderse por canje de notas a las Islas Feroe y a Groenlandia, los dos territorios aut├│nomos del Reino de Dinamarca que no forman parte del r├®gimen general dan├®s. Entra en vigor treinta d├¡as despu├®s de que ambos Gobiernos se notifiquen el cumplimiento de sus requisitos constitucionales, y rige por diez a├▒os prorrogables.

Objetivo

Aprobar el Acuerdo de promoción y protección recíproca de inversiones suscripto con el Reino de Dinamarca, para habilitar su ratificación y dar a los inversores de ambos países garantías de derecho internacional sobre sus inversiones.

Problema que resuelve

La inversión extranjera queda expuesta a cambios de reglas, expropiaciones y restricciones cambiarias del Estado receptor, sin más remedio que la justicia de ese mismo Estado. El tratado bilateral fija estándares mínimos de trato, garantiza la repatriación del capital y de las ganancias y abre la vía del internacional.

A quiénes alcanza

inversores daneses en la Argentinainversores argentinos en DinamarcaEstado nacionalempresas con inversi├│n extranjera directa
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Cada Estado debe admitir las inversiones de inversores del otro conforme a sus leyes y reglamentaciones y promoverlas
  • Cada Estado debe asegurar un tratamiento justo y equitativo a las inversiones de inversores del otro y no perjudicarlas con medidas injustificadas o discriminatorias
  • La expropiaci├│n o nacionalizaci├│n s├│lo procede con los requisitos y la compensaci├│n que fija el Acuerdo
  • Cada Estado debe permitir la transferencia sin demora del capital invertido, del producto de la venta o liquidaci├│n y de las ganancias
  • Los inversores que sufran p├®rdidas por guerra u otro conflicto armado deben recibir un trato no menos favorable que el otorgado a los inversores nacionales o de terceros Estados

Derechos que reconoce

  • Los inversores tienen derecho a un tratamiento justo y equitativo y a no ser discriminados
  • Los inversores tienen derecho a repatriar sin demora el capital invertido, el producto de la venta o liquidaci├│n de la inversi├│n y las ganancias
  • Los inversores tienen derecho a compensaci├│n en caso de expropiaci├│n y a resarcimiento por p├®rdidas derivadas de guerra u otro conflicto armado
  • Los inversores pueden llevar la controversia al internacional si no se resuelve amistosamente
  • Cada Parte puede proponer a la otra consultas sobre cualquier tema relativo a la aplicaci├│n del Acuerdo

Casos de uso

  • Evaluar la protecci├│n jur├¡dica de una inversi├│n danesa en la Argentina o argentina en Dinamarca
  • Determinar si una inversi├│n en las Islas Feroe o en Groenlandia est├í alcanzada por el Acuerdo
  • Fundar la de un tribunal arbitral internacional en una controversia inversor-Estado
  • Analizar la protecci├│n de inversiones realizadas antes de la entrada en vigor del tratado

Preguntas frecuentes

El Acuerdo entre el Gobierno de la Rep├║blica Argentina y el Gobierno del Reino de Dinamarca para la Promoci├│n y Protecci├│n Rec├¡proca de Inversiones, suscripto en Copenhague el 6 de noviembre de 1992, que consta de diecis├®is art├¡culos. Sus fotocopias autenticadas forman parte de la ley.