Volver al listado

Ley 24.436

VigenteNacional

Ampliación por ciento ochenta días del plazo para solicitar el beneficio reparatorio de la Ley 24.043

Sanción:21 de diciembre de 1994Promulgación:11 de enero de 1995BO:19 de enero de 1995Ver fuente oficial
2artículos
reparación a víctimas del terrorismo de Estadoestado de sitioplazos de caducidadderechos humanosindemnizaciones
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Reparación a Ex Detenidos (Ley 24.043) (1991) reconoci├│ una indemnizaci├│n a quienes estuvieron presos a disposici├│n del Poder Ejecutivo Nacional durante el de la ├║ltima dictadura, y a los civiles detenidos por tribunales militares. Pero su art├¡culo 6┬░ puso un plazo de caducidad: si la persona no presentaba la solicitud a tiempo, perd├¡a el beneficio. Muchas v├¡ctimas no llegaron: viv├¡an en el exterior, no se enteraron, o no contaban con la documentaci├│n. La Primera pr├│rroga del plazo de la Ley 24.043 es la primera respuesta del Congreso a ese problema: reabre el plazo por ciento ochenta d├¡as m├ís, contados desde la promulgaci├│n de la propia ley (11 de enero de 1995). No cambia qui├®nes son los beneficiarios ni cu├ínto cobran: solo les devuelve tiempo para presentarse ante la autoridad de aplicaci├│n, seg├║n el procedimiento del 1023/92. Despu├®s de ├®sta vinieron otras seis pr├│rrogas (Leyes 24.906, 25.497, 25.814, 25.985, 26.178 y 26.521), hasta que la Ley 27.143 derog├│ directamente el art├¡culo 6┬░ y estableci├│ que estas solicitudes no tienen plazo de caducidad.

Objetivo

Evitar que personas con derecho a la reparaci├│n de la Ley de Reparación a Ex Detenidos (Ley 24.043) lo perdieran por el solo vencimiento del plazo para presentar la solicitud.

Problema que resuelve

El plazo de caducidad del art├¡culo 6┬░ de la Ley de Reparación a Ex Detenidos (Ley 24.043) dejaba afuera a v├¡ctimas que no hab├¡an podido presentarse a tiempo: exiliados, personas que desconoc├¡an la existencia del beneficio o que a├║n no hab├¡an reunido la prueba de su detenci├│n. Un derecho reparatorio que se pierde por un plazo administrativo termina negando la reparaci├│n misma.

A quiénes alcanza

personas detenidas a disposici├│n del Poder Ejecutivo Nacional durante el estado de sitiociviles detenidos por decisi├│n de tribunales militarescausahabientes de las personas beneficiariasMinisterio del Interior como autoridad de aplicaci├│n
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La solicitud deb├¡a presentarse ante la autoridad de aplicaci├│n de la Ley de Reparación a Ex Detenidos (Ley 24.043), siguiendo el procedimiento del 1023/92.
  • El Estado deb├¡a recibir y tramitar las presentaciones efectuadas dentro de los ciento ochenta d├¡as posteriores a la promulgaci├│n de esta ley.

Derechos que reconoce

Casos de uso

  • Una persona detenida a disposici├│n del Poder Ejecutivo Nacional entre 1976 y 1979 que se enter├│ tarde de la existencia del beneficio.
  • Un exiliado que volvi├│ al pa├¡s despu├®s del vencimiento del plazo original y quiso presentar su solicitud.
  • Un abogado que reconstruye la cadena de pr├│rrogas del art├¡culo 6┬░ de la Ley de Reparación a Ex Detenidos (Ley 24.043) para un expediente en tr├ímite.

Preguntas frecuentes

El de la Ley de Reparación a Ex Detenidos (Ley 24.043): una indemnizaci├│n para las personas que durante la vigencia del fueron puestas a disposici├│n del Poder Ejecutivo Nacional, y para los civiles que sufrieron detenci├│n por decisi├│n de tribunales militares, siempre que no hubieran cobrado una indemnizaci├│n por judicial por los mismos hechos.