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Ley 24.438

VigenteNacional

Pesquisa neonatal: incorporaci├│n de la fibrosis qu├¡stica a la prueba obligatoria de rastreo del reci├®n nacido

Sanción:21 de diciembre de 1994BO:16 de enero de 1995Ver fuente oficial
2artículos
pesquisa neonataldetecci├│n precoz de enfermedades cong├®nitasfibrosis qu├¡sticafenilcetonuriahipotiroidismo cong├®nitoobligaciones de maternidades y establecimientos asistenciales
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Modificatoria de dos art├¡culos de la Ley 23.413, la norma que en 1986 instaur├│ la pesquisa neonatal obligatoria en la Argentina. Tres cambios concretos: agrega la fibrosis qu├¡stica o mucoviscidosis al listado de enfermedades a rastrear ÔÇöjunto a la fenilcetonuria y al hipotiroidismo cong├®nito, esta ├║ltima incorporada antes por la Ley 23.874ÔÇö; alcanza a todas las maternidades y establecimientos asistenciales que tengan reci├®n nacidos a su cuidado, sin distinguir entre p├║blicos y privados; y fija una ventana temporal para la toma de la muestra, con un plazo espec├¡fico de cuatro d├¡as para la fibrosis qu├¡stica. Es una de las leyes que construy├│, paso a paso, el programa nacional de pesquisa neonatal que la Ley de Pesquisa Neonatal ampliar├¡a en 2007.

Objetivo

Ampliar la prueba de rastreo obligatoria del reci├®n nacido para que detecte tambi├®n la fibrosis qu├¡stica, y precisar en qu├® establecimientos y en qu├® plazos debe practicarse.

Problema que resuelve

La Ley 23.413 solo obligaba a rastrear fenilcetonuria e hipotiroidismo cong├®nito. La fibrosis qu├¡stica ÔÇöuna enfermedad gen├®tica grave cuyo pron├│stico mejora sustancialmente cuando el tratamiento empieza en los primeros meses de vidaÔÇö quedaba afuera del tamizaje obligatorio, de modo que el diagn├│stico sol├¡a llegar tarde, despu├®s de que aparecieran las complicaciones respiratorias y digestivas.

A quiénes alcanza

reci├®n nacidos y sus familiasmaternidades p├║blicas y privadasestablecimientos asistenciales con reci├®n nacidos a su cuidadoprofesionales de neonatolog├¡a y obstetriciaautoridades sanitarias nacionales y provinciales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •Todas las maternidades y establecimientos asistenciales que tengan a su cuidado ni├▒os reci├®n nacidos deben practicar la prueba de rastreo para la detecci├│n precoz de fenilcetonuria, hipotiroidismo cong├®nito y fibrosis qu├¡stica o mucoviscidosis.
  • •La prueba debe realizarse en todos los reci├®n nacidos y nunca antes de las 24 horas de haberse iniciado la alimentaci├│n l├íctea.
  • •Para la fibrosis qu├¡stica o mucoviscidosis, la prueba debe practicarse dentro de los cuatro primeros d├¡as de vida.

Derechos que reconoce

  • •Todo reci├®n nacido tiene derecho a que se le practique la prueba de rastreo, cualquiera sea el establecimiento ÔÇöp├║blico o privadoÔÇö que lo tenga a su cuidado.
  • •Las familias pueden exigir que la muestra se tome dentro de los plazos que fija la ley y reclamar si el establecimiento la omite.

Casos de uso

  • •Una maternidad privada define su protocolo de egreso del reci├®n nacido y necesita saber en qu├® momento debe tomar la muestra de la pesquisa.
  • •Una familia recibe el alta a las 36 horas del parto y quiere saber si la prueba ya debi├│ haberse hecho.
  • •Un profesional de neonatolog├¡a revisa qu├® enfermedades integran el tamizaje obligatorio por ley nacional.
  • •Una autoridad sanitaria provincial audita el cumplimiento de la pesquisa neonatal en los establecimientos de su jurisdicci├│n.

Preguntas frecuentes

Sum├│ la fibrosis qu├¡stica o mucoviscidosis a la prueba de rastreo obligatoria, que hasta entonces cubr├¡a la fenilcetonuria y el hipotiroidismo cong├®nito. Adem├ís extendi├│ la obligaci├│n a todas las maternidades y establecimientos asistenciales que tengan reci├®n nacidos a su cuidado, y fij├│ plazos para la toma de la muestra.