Derógase el visado del consejo profesional respectivo del letrero reglamentario de obra, previsto en el apartado 5, inciso a), del artículo 2.1.2.2. del Código de la Edificación (ordenanza 33.387, oficializada por ordenanza 33.515).
Qué significa en la práctica
Deroga el visado del consejo profesional del letrero reglamentario de obra.