Ley 24.452

Artículo 65Aplicación supletoria

Texto oficial

En caso de silencio de esta ley, se aplicarán las disposiciones relativas a la letra de cambio y al pagaré en cuanto fueren pertinentes.

Qué significa en la práctica

En caso de silencio de esta ley, se aplican las disposiciones relativas a la letra de cambio y al pagaré en cuanto sean pertinentes.

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