Ley 24.467

Artículo 69Objeto de la obligación principal

Texto oficial

Objeto de la principal. El de garantía recíproca tendrá por objeto asegurar el cumplimiento de prestaciones dinerarias u otras prestaciones susceptibles de apreciación dineraria asumidas por el socio para el desarrollo de su actividad económica u objeto social. Dicho aseguramiento puede serlo por el total de la principal o por menor importe.

Qué significa en la práctica

El asegura el cumplimiento de las obligaciones del socio.
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