Ley 24.467

Artículo 78Extinción del contrato

Texto oficial

Extinción del de garantía recíproca. El de garantía recíproca se extingue por: a) La extinción de la principal; b) Modificación o novación de la principal, sin intervención y consentimiento de la Sociedad de Garantía Recíproca; c) Las causas de extinción de las obligaciones en general y las obligaciones accesorias en particular. Sección IX Beneficios impositivos y Banco Central

Qué significa en la práctica

Enumera las causales de extinción del de garantía recíproca.
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