Ley 24.467

Artículo 94Acuerdo de modificación de convenios

Texto oficial

El empleador podrá acordar con la representación sindical signataria del la redefinición de los puestos de trabajo correspondientes a las categorías determinadas en los convenios colectivos de trabajo. Sección VI

Qué significa en la práctica

El empleador puede acordar con el la modificación de condiciones del convenio.
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