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Ley 24.470

VigenteNacional

Promoción turística: cortometraje institucional para las representaciones argentinas en el exterior

Sanción:22 de marzo de 1995Promulgación:17 de abril de 1995BO:21 de abril de 1995Ver fuente oficial
3artículos
Promoción turísticaTurismo receptivoRepresentaciones argentinas en el exteriorMaterial audiovisual institucionalDesarrollo turístico del interior
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley breve de tres art├¡culos que arma un circuito de promoci├│n tur├¡stica en el exterior con dos actores del Estado. La Secretar├¡a de Turismo produce el contenido: recopila material f├¡lmico de las atracciones naturales y tur├¡sticas argentinas, dando prioridad expresa a las zonas del interior, y con ├®l edita un cortometraje en video adaptado al sistema de emisi├│n televisiva de cada pa├¡s de destino (en 1995 eso significaba producir copias en PAL, NTSC o SECAM seg├║n el destino). La Canciller├¡a lo distribuye: manda copias a la totalidad de las representaciones diplom├íticas, comerciales y culturales del pa├¡s en el mundo, y esas representaciones quedan "directamente responsables" de su difusi├│n. Se sancion├│ el 22 de marzo de 1995 y qued├│ promulgada de hecho el 17 de abril: el Poder Ejecutivo no la promulg├│ ni la vet├│ en el plazo del art├¡culo 80 de la Constituci├│n.

Objetivo

Dotar a las embajadas, consulados y representaciones comerciales y culturales argentinas de una pieza audiovisual oficial sobre los atractivos turísticos del país, para promocionar el destino Argentina en el exterior.

Problema que resuelve

Las representaciones argentinas en el exterior no contaban con material audiovisual institucional homog├®neo para promocionar el turismo, y la difusi├│n de las atracciones del interior del pa├¡s quedaba relegada frente a los destinos ya conocidos.

A quiénes alcanza

Secretaría de Turismo de la NaciónMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y CultoRepresentaciones diplomáticas, comerciales y culturales argentinas en el exteriorPrestadores turísticos del interior del país
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •La Secretar├¡a de Turismo de la Naci├│n debe recopilar material f├¡lmico de las atracciones naturales y tur├¡sticas del pa├¡s dentro del plazo de 60 d├¡as
  • •La Secretar├¡a de Turismo debe editar un cortometraje en video acorde con el sistema de emisi├│n televisiva de cada pa├¡s de destino y entregarlo a la Canciller├¡a
  • •El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto debe distribuir copias del video a la totalidad de las representaciones argentinas en el mundo
  • •Cada representaci├│n diplom├ítica, comercial y cultural es directamente responsable de la difusi├│n y el conocimiento del material

Derechos que reconoce

  • •Las zonas tur├¡sticas del interior del pa├¡s tienen derecho a atenci├│n especial en la selecci├│n del material que integra el cortometraje oficial

Casos de uso

  • •Reclamar ante la Secretar├¡a de Turismo la inclusi├│n de atractivos del interior en el material promocional oficial
  • •Reconstruir los antecedentes normativos de la promoci├│n tur├¡stica argentina en el exterior
  • •Identificar qu├® organismo responde por la difusi├│n del material tur├¡stico oficial en cada pa├¡s

Preguntas frecuentes

Que la Secretar├¡a de Turismo de la Naci├│n recopile en 60 d├¡as material f├¡lmico de las atracciones naturales y tur├¡sticas argentinas, edite con ├®l un cortometraje en video y se lo entregue a la Canciller├¡a. La Canciller├¡a, a su vez, debe repartir copias a todas las representaciones diplom├íticas, comerciales y culturales del pa├¡s en el mundo.