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Ley 24.472

VigenteNacional

Creación de las Fiscalías de Primera Instancia ante la Justicia Nacional del Trabajo de la Capital Federal N° 7 a 10

Sanción:22 de marzo de 1995Promulgación:11 de abril de 1995BO:21 de abril de 1995Ver fuente oficial
5artículos
Ministerio PúblicoJusticia Nacional del TrabajoCreación de fiscalíasOrganización judicialPresupuesto del Poder Judicial
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de cinco art├¡culos que ampl├¡a el Ministerio P├║blico en el laboral de la Capital Federal: duplica la planta de fiscal├¡as de primera instancia del trabajo al crear las N┬░ 7, 8, 9 y 10, con sus cargos de fiscal y el personal listado en el Anexo I. La distribuci├│n del trabajo no la fija la ley: se la delega en la C├ímara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que con intervenci├│n del procurador general del Trabajo asigna qu├® juzgados y qu├® turnos atiende cada fiscal├¡a nueva. El art├¡culo 4 es la cl├íusula que decide cu├índo la ley se vuelve real: la creaci├│n de los organismos rige desde la sanci├│n, pero la implementaci├│n queda subordinada a que se cuente con el cr├®dito presupuestario imputable al Poder Judicial de la Naci├│n, y los designados no toman posesi├│n de sus cargos hasta que esa condici├│n financiera se cumpla. Se promulg├│ sin observaciones por el Decreto 529/95 del 11 de abril de 1995. El Anexo I con el detalle de cargos se anuncia en el texto pero InfoLeg no publica su contenido.

Objetivo

Ampliar la dotación del Ministerio Público ante la Justicia Nacional del Trabajo de la Capital Federal, creando cuatro fiscalías de primera instancia con sus cargos de fiscal, funcionarios y empleados.

Problema que resuelve

Las fiscalías de primera instancia del trabajo existentes en la Capital Federal resultaban insuficientes para la cantidad de juzgados y de causas laborales en trámite, lo que retrasaba los dictámenes fiscales y el avance de los expedientes.

A quiénes alcanza

Ministerio Público ante la Justicia Nacional del TrabajoCámara Nacional de Apelaciones del TrabajoProcurador General del TrabajoFiscales, funcionarios y empleados designados en los cargos creadosLitigantes del fuero laboral de la Capital Federal
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •La C├ímara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal debe disponer la asignaci├│n de juzgados y turnos de las fiscal├¡as creadas, con intervenci├│n del procurador general del Trabajo
  • •La implementaci├│n de la ley debe esperar a que exista cr├®dito presupuestario imputable al presupuesto del Poder Judicial de la Naci├│n
  • •Los funcionarios y empleados designados en los cargos creados no pueden tomar posesi├│n hasta que se cumpla la condici├│n financiera

Derechos que reconoce

  • •Los litigantes del laboral de la Capital Federal acceden a una planta ampliada de fiscal├¡as de primera instancia para la intervenci├│n del Ministerio P├║blico en sus causas

Casos de uso

  • •Verificar cu├índo fueron creadas las Fiscal├¡as del Trabajo N┬░ 7 a 10 de la Capital Federal
  • •Fundar el requisito de cr├®dito presupuestario previo para la puesta en funcionamiento de organismos judiciales creados por ley
  • •Reconstruir la ampliaci├│n del Ministerio P├║blico en el laboral durante los a├▒os noventa

Preguntas frecuentes

Cuatro fiscalías de primera instancia ante la Justicia Nacional del Trabajo de la Capital Federal, numeradas 7, 8, 9 y 10, junto con los cargos de fiscal y el personal de funcionarios y empleados que detalla su Anexo I.