Las reivindicaciones definirán el objeto para el que se solicita la protección, debiendo ser claras y concisas. Podrán ser una o más y deberán fundarse en la descripción sin excederla.
La primera reivindicación se referirá al objeto principal debiendo las restantes estar subordinadas a la misma.
Qué significa en la práctica
Las reivindicaciones definen el objeto de la protección y deben ser claras y concisas.