Ley 24.481

Artículo 34Publicidad de las patentes

Texto oficial

Las patentes de invención otorgadas serán de público conocimiento y se extenderá copia de la documentación a quien la solicite, previo pago de los aranceles que se establezcan.

Qué significa en la práctica

Las patentes otorgadas son de público conocimiento y se extiende copia a quien la solicite.

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