Ley 24.481

Artículo 60Nulidad parcial

Texto oficial

Si las causas de afectaran sólo a una parte de la patente o del modelo de utilidad, se declarará la parcial mediante la anulación de la o las reivindicaciones afectadas por aquéllas. No podrá declararse la parcial de una reivindicación. Cuando la sea parcial, la patente o el certificado de modelo de utilidad seguirá en vigor con referencia a las reivindicaciones que no hubieran sido anuladas, siempre que pueda constituir el objeto de un modelo de utilidad o de una patente independiente.

Qué significa en la práctica

Si la causa de afecta solo una parte, se declara la parcial.

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