Ley 24.481

Artículo 78Multa

Texto oficial

Se impondrá multa al que sin ser titular de una patente o modelo de utilidad o no gozando ya de los derechos conferidos por los mismos, se sirve en sus productos o en su propaganda de denominaciones susceptibles de inducir al público en error en cuanto a la existencia de ellos.

Qué significa en la práctica

Sanciona con multa a quien sin ser titular de una patente invoque tal carácter.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Patentes completaLeyes