Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos art├¡culos cuyo contenido real est├í en el Convenio anexo. Es un convenio marco de cooperaci├│n: por s├¡ solo no financia ni ejecuta nada, sino que fija las reglas comunes para que despu├®s cada proyecto se acuerde por separado y por v├¡a diplom├ítica. Su valor pr├íctico es doble: evita renegociar de cero las condiciones b├ísicas (qui├®n paga qu├®, qu├® privilegios tienen los expertos enviados, c├│mo se resuelven las diferencias) y da un canal institucional permanente ÔÇöla Comisi├│n Mixta bienalÔÇö para que la relaci├│n no dependa de la iniciativa aislada de cada gobierno. El Convenio se firm├│ en 1992 y la ley lo aprob├│ en 1995.Objetivo
Dar marco legal a la cooperaci├│n cient├¡fica, t├®cnica y econ├│mica entre la Argentina y Jamaica, definiendo las formas admitidas de cooperaci├│n, el modo de instrumentarlas mediante acuerdos espec├¡ficos, el reparto de los gastos y el mecanismo de seguimiento a cargo de una Comisi├│n Mixta binacional.Problema que resuelve
Sin un convenio marco, cada iniciativa de cooperaci├│n entre dos pa├¡ses tiene que negociar desde cero cuestiones que se repiten siempre: qui├®n paga los pasajes y qui├®n la estad├¡a, qu├® estatus tienen los expertos enviados y sus familias, qui├®n coordina del lado de cada Estado, qu├® pasa si surge una diferencia de interpretaci├│n. Eso encarece y demora cualquier proyecto, por chico que sea. El Convenio resuelve esas cuestiones de una vez para todas las actividades futuras y deja que los acuerdos espec├¡ficos se ocupen s├│lo de lo propio de cada proyecto.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes