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Tratado 24.513

VigenteTratadoNacional

Aprobación del Acuerdo de Cooperación con los Estados Unidos Mexicanos para la lucha contra el abuso y tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas

Sanción:14 de junio de 1995Promulgación:13 de julio de 1995BO:19 de julio de 1995Ver fuente oficial
2artículos
estupefacientessustancias psicotr├│picastr├ífico il├¡cito de drogascooperaci├│n internacionalM├®xicolavado de dineroreciclado de capitalestoxicodependenciarehabilitaci├│nSEDRONAR
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Entre fines de los a├▒os ochenta y mediados de los noventa la Argentina teji├│ una red de acuerdos bilaterales antidrogas construidos sobre un molde com├║n: cooperaci├│n entre los organismos nacionales competentes, intercambio de informaci├│n y de expertos, y designaci├│n de autoridades de aplicaci├│n en cada pa├¡s. La Acuerdo antidrogas con M├®xico aprueba la pieza mexicana de esa red. El acuerdo se hab├¡a firmado en la Ciudad de M├®xico el 15 de octubre de 1992, casi tres a├▒os antes de la aprobaci├│n legislativa, y se apoya expresamente en la Convenci├│n ├Ünica sobre Estupefacientes de 1961 con su Protocolo de 1972, en el Convenio sobre Sustancias Sicotr├│picas de 1971 y en la Convenci├│n de Viena de 1988 contra el tr├ífico il├¡cito. Dos rasgos lo distinguen dentro de la serie. El primero es que incluye expresamente el lavado de activos: el art├¡culo 2 del acuerdo obliga a intercambiar informaci├│n sobre los sistemas de reciclado y transferencia de capitales provenientes del narcotr├ífico, en un momento en que la Argentina todav├¡a no ten├¡a un r├®gimen antilavado propio. El segundo es que no crea una comisi├│n mixta, como s├¡ hacen los convenios con El Salvador o con la ex URSS: la cooperaci├│n se canaliza directamente entre las autoridades designadas, que pueden usar tel├®fono, t├®lex y facs├¡mil sin pasar por la v├¡a diplom├ítica formal. El acuerdo tiene vigencia indefinida y se denuncia con tres meses de aviso. La ley fue sancionada el 14 de junio de 1995 y promulgada de hecho el 13 de julio, sin decreto de promulgaci├│n.

Objetivo

Aprobar el acuerdo bilateral con los Estados Unidos Mexicanos que institucionaliza la cooperación entre ambos Estados en la prevención del abuso de drogas y la represión del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Problema que resuelve

El narcotr├ífico opera a escala transnacional mientras las autoridades de cada pa├¡s solo pueden actuar dentro de sus fronteras: sin un canal formal para intercambiar informaci├│n sobre rutas, m├®todos de ocultamiento y movimientos de dinero, la investigaci├│n se corta en el l├¡mite jurisdiccional. El acuerdo abre ese canal con M├®xico, designa qui├®n lo opera de cada lado y habilita la comunicaci├│n directa entre esos organismos, sin exigir que cada pedido tramite por la v├¡a diplom├ítica.

A quiénes alcanza

Estado nacionalMinisterio de Relaciones Exteriores y CultoSecretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR)Fuerzas de seguridad federalesAutoridades sanitarias
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado a prestar asistencia rec├¡proca a M├®xico en la prevenci├│n y el control del abuso de drogas y del tr├ífico il├¡cito de estupefacientes y sustancias psicotr├│picas.
  • Los organismos argentinos designados deben intercambiar con sus pares mexicanos informaci├│n sobre nuevos tipos de drogas, lugares de producci├│n, canales usados por los traficantes, m├®todos de ocultamiento, variaciones de precios, itinerarios y medios de transporte.
  • Debe intercambiarse informaci├│n sobre los sistemas de reciclado y transferencia de capitales provenientes del narcotr├ífico y de las actividades delictivas organizadas vinculadas.
  • Todas las actividades derivadas del acuerdo deben ejecutarse conforme a las leyes y disposiciones vigentes en cada pa├¡s.

Casos de uso

  • Fundar un pedido de informaci├│n a las autoridades mexicanas sobre una ruta, un m├®todo de ocultamiento o un movimiento de capitales vinculado al narcotr├ífico.
  • Organizar cursos de formaci├│n y especializaci├│n profesional o intercambios de especialistas en tratamiento y rehabilitaci├│n de toxicodependientes entre ambos pa├¡ses.
  • Rastrear el conjunto de acuerdos bilaterales antidrogas que la Argentina aprob├│ en los a├▒os noventa y comparar sus alcances.

Preguntas frecuentes

Aprueba el Acuerdo de Cooperaci├│n entre la Rep├║blica Argentina y los Estados Unidos Mexicanos para la lucha contra el abuso y el tr├ífico il├¡cito de estupefacientes y sustancias psicotr├│picas, firmado en la Ciudad de M├®xico el 15 de octubre de 1992. El acuerdo tiene ocho art├¡culos y va como anexo de la ley: el texto propio de la ley son solo dos art├¡culos.