Resumen ejecutivo
Entre fines de los a├▒os ochenta y mediados de los noventa la Argentina teji├│ una red de acuerdos bilaterales antidrogas construidos sobre un molde com├║n: cooperaci├│n entre los organismos nacionales competentes, intercambio de informaci├│n y de expertos, y designaci├│n de autoridades de aplicaci├│n en cada pa├¡s. La Acuerdo antidrogas con M├®xico aprueba la pieza mexicana de esa red. El acuerdo se hab├¡a firmado en la Ciudad de M├®xico el 15 de octubre de 1992, casi tres a├▒os antes de la aprobaci├│n legislativa, y se apoya expresamente en la Convenci├│n ├Ünica sobre Estupefacientes de 1961 con su Protocolo de 1972, en el Convenio sobre Sustancias Sicotr├│picas de 1971 y en la Convenci├│n de Viena de 1988 contra el tr├ífico il├¡cito. Dos rasgos lo distinguen dentro de la serie. El primero es que incluye expresamente el lavado de activos: el art├¡culo 2 del acuerdo obliga a intercambiar informaci├│n sobre los sistemas de reciclado y transferencia de capitales provenientes del narcotr├ífico, en un momento en que la Argentina todav├¡a no ten├¡a un r├®gimen antilavado propio. El segundo es que no crea una comisi├│n mixta, como s├¡ hacen los convenios con El Salvador o con la ex URSS: la cooperaci├│n se canaliza directamente entre las autoridades designadas, que pueden usar tel├®fono, t├®lex y facs├¡mil sin pasar por la v├¡a diplom├ítica formal. El acuerdo tiene vigencia indefinida y se denuncia con tres meses de aviso. La ley fue sancionada el 14 de junio de 1995 y promulgada de hecho el 13 de julio, sin decreto de promulgaci├│n.Objetivo
Aprobar el acuerdo bilateral con los Estados Unidos Mexicanos que institucionaliza la cooperación entre ambos Estados en la prevención del abuso de drogas y la represión del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.Problema que resuelve
El narcotr├ífico opera a escala transnacional mientras las autoridades de cada pa├¡s solo pueden actuar dentro de sus fronteras: sin un canal formal para intercambiar informaci├│n sobre rutas, m├®todos de ocultamiento y movimientos de dinero, la investigaci├│n se corta en el l├¡mite jurisdiccional. El acuerdo abre ese canal con M├®xico, designa qui├®n lo opera de cada lado y habilita la comunicaci├│n directa entre esos organismos, sin exigir que cada pedido tramite por la v├¡a diplom├ítica.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes