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Tratado 24.530

VigenteTratadoNacional

Acuerdo con Italia sobre cooperación en la lucha contra el terrorismo, el tráfico ilícito internacional de estupefacientes y la criminalidad organizada

Sanción:9 de agosto de 1995Promulgación:11 de septiembre de 1995BO:14 de septiembre de 1995Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de un acuerdo bilateral de cooperación policial y de inteligencia con Italia en tres frentes: narcotráfico, terrorismo y crimen organizado. Su contenido central es el intercambio sistemático de información entre las autoridades de ambos países, con reuniones anuales de evaluación y una cláusula expresa de confidencialidad. No crea delitos ni penas: es un marco de cooperación entre Estados.

Objetivo

Darle marco jur├¡dico a la cooperaci├│n entre la Argentina e Italia en la lucha contra el narcotr├ífico, el terrorismo y la criminalidad organizada transnacional, mediante el intercambio de informaci├│n, la asistencia t├®cnica y cient├¡fica y reuniones peri├│dicas de coordinaci├│n.

Problema que resuelve

El narcotráfico, el terrorismo y las organizaciones criminales operan cruzando fronteras: los delitos se planifican en un país y se consuman en otro, y las policías nacionales trabajan con información fragmentada. Sin un acuerdo que habilite el intercambio, cada Estado investiga a ciegas la parte del circuito que ocurre en su territorio.

A quiénes alcanza

Estado Nacionalfuerzas de seguridad federalesorganismos de inteligenciaautoridades judiciales federalesRep├║blica Italiana
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los dos Estados deben asistirse rec├¡procamente en la prevenci├│n y represi├│n del abuso y el tr├ífico il├¡cito de estupefacientes y sustancias psicotr├│picas, y colaborar contra el terrorismo y la criminalidad organizada internacional.
  • Deben poner rec├¡procamente a disposici├│n la informaci├│n que pueda contribuir a combatir esos delitos, incluidos los m├®todos de lucha, los nuevos medios t├®cnicos y el desv├¡o de precursores y sustancias qu├¡micas esenciales.
  • Deben intercambiar peri├│dicamente experiencias e informaci├│n sobre organizaciones terroristas que puedan actuar en el territorio de la otra Parte, su financiaci├│n, sus m├®todos y sus t├®cnicas.
  • Deben reunirse al menos una vez al a├▒o para evaluar los objetivos del Acuerdo, recomendar nuevas iniciativas conjuntas y formular sugerencias.
  • Deben tratar como confidencial toda la informaci├│n y la documentaci├│n intercambiadas, y no usarlas para otros fines sin el consentimiento de la Parte que las suministr├│.
  • Todas las actividades deben desarrollarse conforme a las leyes vigentes en la Argentina y en Italia.

Derechos que reconoce

  • Cada Parte conserva la facultad de decidir qu├® condiciones impone al uso de la informaci├│n que entrega.
  • El Acuerdo no desplaza otros tratados: las Partes mantienen sus obligaciones de cooperaci├│n por Interpol y otros organismos internacionales y pueden seguir asisti├®ndose por acuerdos anteriores.
  • Cualquiera de las Partes puede denunciar el Acuerdo por v├¡a diplom├ítica, sin afectar las obligaciones contra├¡das con anterioridad.

Casos de uso

  • Un investigador quiere saber con qu├® base jur├¡dica la Argentina intercambia informaci├│n policial con Italia sobre una organizaci├│n de narcotr├ífico.
  • Un abogado penalista necesita ubicar el marco convencional invocado en un pedido de cooperaci├│n con autoridades italianas.
  • Un funcionario de una fuerza de seguridad busca el fundamento de las reuniones anuales de coordinaci├│n bilateral.
  • Un estudiante compara los acuerdos bilaterales argentinos contra el crimen organizado firmados en los a├▒os noventa.

Preguntas frecuentes

El Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Italiana sobre la Cooperación en la Lucha Contra el Terrorismo, el Tráfico Ilícito Internacional de Estupefacientes y la Criminalidad Organizada, firmado en Roma el 6 de octubre de 1992. El Acuerdo tiene siete artículos y su fotocopia autenticada forma parte de la ley como anexo.