Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de un convenio bilateral de turismo con Jamaica dentro de la pol├¡tica de acercamiento entre Am├®rica Latina y el Caribe. Su eje es promocional y de facilitaci├│n: m├ís vuelos, menos trabas de entrada, capacitaci├│n hotelera, intercambio de expertos y de normativa, y apoyo en la Organizaci├│n Mundial de Turismo. Dura cinco a├▒os y se renueva autom├íticamente salvo denuncia.Objetivo
Incrementar y consolidar el flujo turístico entre la Argentina y Jamaica, coordinando los esfuerzos promocionales de ambos países, facilitando la entrada de turistas y la actividad de los prestadores, y fomentando la inversión y la capacitación en el sector.Problema que resuelve
La Argentina y Jamaica ten├¡an un intercambio tur├¡stico marginal, sin conexi├│n a├®rea directa, con requisitos de entrada no armonizados y sin canales oficiales para que sus organismos de turismo coordinaran promoci├│n, capacitaci├│n o informaci├│n normativa. Cada pa├¡s promocionaba por su cuenta y los operadores privados carec├¡an de un marco de facilitaci├│n.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes