Resumen ejecutivo
La Convenci├│n sobre Armas Qu├¡micas ÔÇöabierta a la firma en Par├¡s el 13 de enero de 1993ÔÇö es el primer tratado de desarme que proh├¡be una categor├¡a completa de armas de destrucci├│n masiva y, adem├ís, ordena destruir lo que ya existe. Sus Estados parte se comprometen a no desarrollar, producir, adquirir, almacenar, conservar, transferir ni emplear armas qu├¡micas; a no ayudar a nadie a hacerlo; a destruir las armas qu├¡micas y las instalaciones de producci├│n que posean o hayan abandonado en territorio de otro Estado; y a no usar agentes de represi├│n de disturbios como m├®todo de guerra. A diferencia del Protocolo de Ginebra de 1925, que solo prohib├¡a el empleo, la Convenci├│n alcanza a todo el ciclo del arma. Para verificar el cumplimiento crea la Organizaci├│n para la Prohibici├│n de las Armas Qu├¡micas (OPAQ), con sede en La Haya, a la que los Estados deben presentar declaraciones sobre sus instalaciones y sustancias, y que realiza inspecciones in situ ÔÇöincluidas inspecciones por denunciaÔÇö sobre plantas de la industria qu├¡mica civil que manejan sustancias de las Listas 1, 2 y 3 del Anexo sobre productos qu├¡micos. Los otros dos anexos regulan la aplicaci├│n y la verificaci├│n, y la protecci├│n de la informaci├│n confidencial que se recoge en las inspecciones. La Argentina, que ya hab├¡a asumido en 1991 el Compromiso de Mendoza junto con Brasil y Chile de renunciar a las armas qu├¡micas y biol├│gicas, aprob├│ la Convenci├│n con esta ley de dos art├¡culos, sancionada el 9 de agosto de 1995 y promulgada de hecho el 11 de septiembre. La Convenci├│n entr├│ en vigor internacionalmente el 29 de abril de 1997. La legislaci├│n interna que hace operativos esos compromisos ÔÇöautoridad nacional de aplicaci├│n, registro y declaraciones de los operadores, y figuras penalesÔÇö lleg├│ reci├®n con la Ley 26.247, en 2007.Objetivo
Incorporar al derecho argentino la Convenci├│n sobre Armas Qu├¡micas, asumiendo la prohibici├│n total de desarrollar, producir, almacenar, transferir y emplear armas qu├¡micas, la obligaci├│n de destruir las existentes y el sometimiento al r├®gimen de verificaci├│n internacional de la Organizaci├│n para la Prohibici├│n de las Armas Qu├¡micas.Problema que resuelve
Hasta la Convenci├│n de 1993 el derecho internacional solo prohib├¡a el empleo de armas qu├¡micas ÔÇöel Protocolo de Ginebra de 1925ÔÇö, pero no su desarrollo, producci├│n ni acumulaci├│n, y no exist├¡a ning├║n mecanismo de verificaci├│n: un Estado pod├¡a respetar formalmente la prohibici├│n de uso y sostener al mismo tiempo un arsenal qu├¡mico entero. Los ataques con gases de la guerra Ir├ín-Irak y contra poblaci├│n civil en los a├▒os ochenta mostraron el costo de esa laguna. Faltaba, adem├ís, un marco que distinguiera la industria qu├¡mica civil leg├¡tima de la producci├│n con fines b├®licos, porque las mismas sustancias sirven para las dos cosas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes