Ley 24.557

Artículo 22Revisión de la incapacidad

Texto oficial

Revisión de la incapacidad. Hasta la declaración del carácter definitivo de la incapacidad y a solicitud del obligado al pago de las prestaciones o del damnificado, las comisiones médicas efectuaran nuevos exámenes para revisar el carácter y grado de incapacidad anteriormente reconocidos.

Qué significa en la práctica

Regula la revisión de la incapacidad hasta su declaración definitiva.

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