Ley 24.557

Artículo 25Tratamiento impositivo

Texto oficial

Tratamiento impositivo. 1. Las cuotas del articulo 23 constituyen gasto deducible a los efectos del impuesto a las ganancias. 2. Los contratos de afiliación a una ART están exentos de todo impuesto o tributo nacional. 3. El de renta periódica goza de las mismas exenciones impositivas que el de renta vitalicia provisional. 4. Invitase a las provincias a adoptar idénticas exenciones que las previstas en el apartado anterior. 5. Las reservas obligatorias de la ART están exentas de impuestos.

Qué significa en la práctica

Fija el tratamiento impositivo de las cuotas.

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